Es indudable que el testamento ológrafo es un testamento singular. Su inclusión por el Código civil entre las formas testamentarias comunes, compartiendo en consecuencia tal calificación con el testamento abierto y con el cerrado, no impide afirmar esa singularidad.
Al margen de su naturaleza de acto mortis causa de disposición de bienes, y presupuesta la observancia de las normas sustantivas de Derecho sucesorio, son escasas las similitudes que acercan el ológrafo a esas otras dos modalidades testamentarias con las que comparte calificación.
En el ológrafo, dada la no intervención de notario, lo formal, el cumplimiento de los requisitos de forma, entre los que el de la firma del testador presenta una importancia decisiva, adquiere en esta modalidad testamentaria una dimensión distinta de la que cumple en las demás, relativizada en estas por la intervención del fedatario público.
Junto a la firma, la consideración de la adveración y protocolización del ológrafo como requisitos de eficacia y no de validez del testamento otorgado en esta forma, aumentan la importancia de la guarda y conservación de aquél.
ÍNDICE
Capítulo I. Consideraciones generales sobre firma y documento
1. Elección del tema
2. Precisiones introductorias
3. Diferencia entre nombre y firma
4. Sobre el valor de la firma en general
5. Origen etimológico del término firma
6. ¿Origen consuetudinario de la firma?
7. Hacia un concepto general de firma
8. La llamada forma admisible
Capítulo II. Hacia una noción de firma en el testamento ológrafo
1. Consideración general
2. La importancia de la firma en los negocios jurídicos
3. Problemática general de la firma, y carácter específico de aquella tratándose del testamento ológrafo
4. Parecer doctrinal acerca del concepto de firma en el testamento ológrafo
5. A modo de conclusión
Capítulo III. ¿Testamento ológrafo versus firma electrónica?
1. La conveniente, y quizá necesaria, revisión crítica de algunos aspectos del testamento ológrafo
2. La cuestión de la llamada firma electrónica . Planteamiento general
3. La distinción entre firma electrónica y firma digital . Inaplicabilidad a la forma ológrafa de testar
Capítulo IV. La firma del testamento ológrafo en la jurisprudencia del tribunal supremo
1. STS 8 junio 1918
2. STS 5 enero 1924
3. STS 5 junio 1925
4. STS 5 mayo 2011
5. STS 25 noviembre 2014
Capítulo V. ¿Incide la reforma del art. 691.1. CC por la ley 15/2015, de la jurisdicción voluntaria, sobre la exigencia de firma de mano propia del testador?
1. Planteamiento del problema (tradicionalmente resuelto en sentido negativo)
2. El tenor literal del artículo 688, segundo párrafo, del código civil
3. La atención y las medidas protectoras hacia las personas que sufren algún tipo de discapacidad
4. Sobre los artículos 688, párrafo segundo, y 691.1, Del código civil, en su redacción anterior a la ley 15/ 2015, de la jurisdicción voluntaria
5. ¿Incide la vigente redacción del art. 691.1 sobre el alcance que deba atribuirse al párrafo segundo del art. 688, Ambos del cc?
Capítulo VI. Guarda y conservación del testamento ológrafo
1. Perfección , validez , eficacia , del testamento ológrafo
2. Guarda y conservación del testamento
3. Otros supuestos
4. Persona (s) que debe (n), y persona que puede (n) presentar el testamento
Capítulo VII. Sugerencias en orden a la solución de algunos de los inconvenientes del ológrafo
Bibliografía consultada
Jurisprudencia consultada
95700
Ficha técnica
Autor
Carrión Vidal, María de la Almudena.
Editorial
Tirant Lo Blanch
Idioma
Castellano
ISBN
978-84-1071-251-5
Fecha de Publicación
22-11-2024
Nº de páginas
186
Encuadernación
(Papel + Ebook)
Nº edición
1
Comentarios (0)
No hay reseñas de clientes en este momento.
Su agradecimiento a la reseña no pudo ser enviado
Reportar comentario
¿Está seguro de que quiere denunciar este comentario?
Reporte enviado
Su reporte ha sido enviado y será considerada por un moderador.
Su reporte no pudo ser enviado
Escriba su propia reseña
Reseña enviada
Su comentario ha sido añadido y estará disponible una vez sea aprobado por un moderador.