La injerencia en los asuntos de gestión por la junta de socios en las sociedades de capital es un asunto que continúa despertando gran interés desde el punto de vista técnico y práctico. Especialmente relevante es la competencia para aprobar las operaciones sobre activos esenciales.
Ya han transcurrido más de diez años desde la Ley 31/2014, de 3 de diciembre, por la que se modificó la Ley de Sociedades de Capital para la mejora del gobierno corporativo, y todavía quedan algunos importantes interrogantes que resolver sobre esta materia. Por ejemplo, definir en mayor precisión el concepto de activo esencial y determinar el papel que juega la presunción cuantitativa de los arts. 160 f) y 511 bis LSC; o, la más trascendente: ¿Qué efectos externos debe producir una operación relacionada con activos esenciales realizada por el administrador social sin la expresa autorización de la junta?
Todas estas cuestiones, y otras de relevancia, serán abordadas en la presente obra monográfica que espero resulte de interés para el lector.
ÍNDICE CAPÍTULO I.- LAS COMPETENCIAS DE LA JUNTA DE SOCIOS EN MATERIA DE GESTIÓN I. LOS ÓRGANOS DE LA SOCIEDAD Y LA DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS II. INJERENCIA DE LA JUNTA PARA INTERVENIR EN LOS ASUNTOS DE GESTIÓN 1. Origen histórico y justificación 2. Significado y alcance del art. 161 LSC 2.1 Objeto: los asuntos de gestión 2.1.1 Concepto de gestión A) Gestión vs. Administración 2.1.2 Tipos de gestión A) Actos de estrategia empresarial y actos de gestión ordinaria B) Actos de gestión extraordinaria C) Decisiones de naturaleza estructural 2.2 Operaciones comprendidas en el art. 161: tesis defendidas 2.3 ¿Qué ha de entenderse por determinados asuntos de gestión ? 2.4 Modalidades de injerencia en la gestión: instrucciones vs autorizaciones 2.5 Requisitos de validez de las instrucciones o exigencia de la autorización 2.6 Eficacia del art. 161 LSC 2.6.1 Ámbito interno: la protección del tercero de buena fe al amparo del art. 234 LSC 2.6.2 Consecuencias internas del incumplimiento de las instrucciones o autorizaciones por los administradores 3. Otros supuestos de intervención en la gestión CAPÍTULO II.- LAS OPERACIONES SOBRE ACTIVOS ESENCIALES. ÁMBITO OBJETIVO Y PROCEDIMENTAL I. ANTECEDENTES Y FUNDAMENTO DEL ART. 160 F) LSC. UNA PRIMERA DISTINCIÓN DEL ART. 161 LSC SOBRE LA COMPETENCIA GENERAL PARA INJERIR EN ASUNTOS DE GESTIÓN II. CONCEPTO DE ACTIVO AL AMPARO DEL ART. 160 F) LSC 1. Generalidades 2. Activo operativo y activo inoperativo III. CRITERIOS PARA DETERMINAR LA ESENCIALIDAD 1. Activo esencial y no esencial 2. Criterio cualitativo 2.1 Preliminar 2.2 Las operaciones sobre activos esenciales: ¿actos de gestión extraordinaria? 2.3 Las operaciones sobre activos esenciales como actos que inciden profundamente en aspectos cuya competencia queda reservada a los socios por afectar indirectamente a sus derechos e intereses 2.3.1 Supuestos A) Modificación o sustitución de facto del objeto social B) Las denominadas operaciones de filiación y subfiliación C) Operaciones equivalentes a la liquidación de la sociedad 3. Criterio cuantitativo 3.1 Generalidades 3.2 La presunción de los arts. 160 f) y 511 bis LSC IV. OPERACIONES DELIMITADAS POR EL ART. 160 F) LSC 1. Adquisición 2. Enajenación. Especial consideración a la cesión limitada del uso o constitución de un gravamen sobre un activo esencial 3. Aportación a otra sociedad V. REQUISITOS PROCEDIMENTALES PREVIOS A LA EJECUCIÓN DE OPERACIONES DE ACTIVOS ESENCIALES 1. Deber del órgano de administración de convocar la junta y obtener la pertinente autorización 1.1 El cumplimiento del deber como actuación diligente del administrador 1.2 Verificación externa del cumplimiento del deber de los administradores 2. El acuerdo de la junta general que autoriza una operación sobre activos esenciales 2.1 Aspecto objetivo 2.2 Aspecto temporal CAPÍTULO III.- LAS CONSECUENCIAS DE NO SOMETER AL ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL LOS ACTOS DE DISPOSICIÓN SOBRE ACTIVOS ESENCIALES I. IMPORTANCIA II. EFICACIA EXTERNA 1. Problemática: las distintas posturas 2. Postura en defensa de la validez de la operación: la protección de terceros de buena fe 2.1 Exposición y fundamento doctrinal 2.2 La jurisprudencia 2.2.1 General 2.2.2 La SAP de Madrid (Sección n.º 28) de 27 de mayo de 2022 A) Antecedentes del caso y decisión de la audiencia: defensa de la validez del negocio adoptado en infracción del art. 160 f) LSC como principio general B) Consideraciones en torno a la anulación del negocio en casos de actuación desleal del administrador (art. 232 LSC) 2.3 La posición de la Dirección General de la Seguridad Jurídica y la Fe Pública 2.3.1 Casuística 2.3.2 Conclusiones 3. Postura en defensa de la nulidad del negocio: la protección de los socios 3.1 Exposición y fundamento doctrinal 3.1.1 Nulidad radical ex art. 6.3 CC por vulneración de una norma imperativa al invadir una competencia exclusiva de la junta 3.1.2 Ineficacia por exceder los límites del poder de representación en base al art. 1259 CC 3.2 La jurisprudencia 3.2.1 General 3.2.2 La SAP de Salamanca (Sección n.º 1) de 6 de septiembre de 2022 III. EFECTOS INTERNOS: EL EJERCICIO DE LAS ACCIONES DE RESPONSABILIDAD CONTRA LOS ADMINISTRADORES COMO TUTELA DE LOS INTERESES DE LA SOCIEDAD, LOS SOCIOS Y LOS TERCEROS DE BUENA FE 1. Aspectos comunes 1.1 La responsabilidad del administrador por no respetar la competencia de la junta sobre activos esenciales 1.2 Extensión de la responsabilidad propia del administrador a las personas que ostenten facultades de la más alta dirección 2. La protección frente a la sociedad y sus socios en los casos de validez del negocio celebrado en incumplimiento del art. 160 f) LSC: la acción social de responsabilidad 2.1 Lesión a la sociedad: la pérdida del activo 2.2 Legitimación y efectos 3. Nulidad del negocio por incumplimiento del art. 160 f) LSC: la acción individual de responsabilidad 3.1 El daño directo: la lesión a los acreedores por pérdida del derecho de crédito 3.2 Legitimación y efectos 3.3 La posición jurídica del tercero de mala fe IV. NUESTRA POSICIÓN 1. Teoría finalista de los arts. 160 f) y 511 bis LSC 2. Propuesta de lege ferenda CAPÍTULO IV.- LAS OPERACIONES SOBRE ACTIVOS ESENCIALES EN SITUACIÓN DE DISOLUCIÓN E INSOLVENCIA DE LA SOCIEDAD I. PARTICULARIDADES DE LA SOCIEDAD EN SITUACIÓN DE EXTINCIÓN Y CRISIS II. LA DISPOSICIÓN DE LOS ACTIVOS ESENCIALES DE LA SOCIEDAD EN DISOLUCIÓN 1. La extinción de las sociedades de capital: fundamento y razones 2. Liquidación de la sociedad y transmisión de los activos esenciales III. LA DISPOSICIÓN DE LOS ACTIVOS ESENCIALES DE LA SOCIEDAD EN CONCURSADO DE ACREEDORES 1. Concurso y persona jurídica 1.1 El mantenimiento de la actividad empresarial y la conservación de la masa 1.2 El mantenimiento de los órganos de la persona jurídica concursada 1.3 La enajenación del patrimonio social durante el concurso 1.3.1 Principios generales 1.3.2 Bienes necesarios para la continuidad de la actividad y activos esenciales 1.3.3 La unidad productiva como activo esencial 1.3.4 Las competencias en materia de gestión durante el concurso y la disposición de activos esenciales en la fase común del procedimiento 1.3.5 La disposición de activos esenciales en las fases derivadas del procedimiento: el convenio y la liquidación 2. La transmisión de activos esenciales en los planes de reestructuración 2.1 Aspectos generales sobre la posición de los socios en los planes de reestructuración 2.2 La privación indirecta de la competencia de la junta sobre activos esenciales en caso de arrastre por homologación del plan de reestructuración BIBLIOGRAFÍA
97954
Ficha técnica
Autor
Martín González Orús Charro
Editorial
Tirant Lo Blanch
Idioma
Castellano
ISBN
979-13-7021-380-0
Fecha de Publicación
08-01-2026
Nº de páginas
242
Encuadernación
Rústica
Nº edición
1
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