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Régimen Jurídico de los Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales
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Régimen Jurídico de los Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales

Autor Guillermo García González
Editorial Dykinson
Fecha de Publicación 20-01-2020
Nº de Páginas 249
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La LPRL constituyó un punto de inflexión en la seguridad y salud en el
trabajo en España, introduciendo en nuestro ordenamiento jurídico un nuevo
modelo de gestión de la salud laboral más acorde con las modernas concepciones
del derecho del trabajo y con nuestro sistema constitucional de derechos
y libertades.
Tras más de dos décadas de vigencia de la norma, muchos han sido sus
logros y también múltiples son los retos que se presentan en el futuro. Resulta
indudable que el mayor éxito de la LPRL ha sido conformarse como
motor de cambio de nuestra concepción de la seguridad y salud laboral, que,
abandonando su dimensión reparadora y protectora, se ha consolidado como
esencialmente preventiva. Fruto de la variación operada se ha dejado atrás
la tradicional acepción de seguridad e higiene, vinculada esencialmente con
los accidentes del trabajo y las enfermedades profesionales, para acoger un
término de mucho mayor alcance, seguridad y salud, que comprende la salud
del trabajador en toda su extensión, física, psíquica y social.
No obstante, no todo son éxitos en el modelo preventivo implementado
tras la LPRL. Muchas han sido las disfunciones que la aplicación de la norma
ha ido generando en sus años de vigencia. Entre otras, el escaso papel que ha
jugado la negociación colectiva, la indeterminación de algunas obligaciones
preventivas y las dificultades de integración efectiva de la prevención en las
organizaciones productivas.
Agentes clave en todo este proceso transformacional han sido los técnicos
de prevención, protagonistas indiscutibles del desarrollo que la prevención
de riesgos laborales ha tenido en España en estas últimas décadas. La incontestable
y esencial aportación de los técnicos de prevención al desarrollo
preventivo en nuestro país, sin embargo, no se ha visto acompañada de una
especial dedicación de la doctrina iuslaboralista a este colectivo de trabajadores
especializados que, en cuanto a auxiliares del cumplimiento de la obligación
de seguridad empresarial, se revelan como imprescindibles para cualquier
objetivo preventivo que se pretenda alcanzar. Sorprende esta ausencia

de interés doctrinal, máxime cuando desde la promulgación de la LPRL el derecho
de la seguridad y salud en el trabajo en nuestro país ha experimentado
un desarrollo científico sin precedentes, pasando de ser una materia olvidada
a hiperestudiada 1. A integrar ese déficit se dedica el presente trabajo, que
tiene como finalidad principal examinar de forma exhaustiva y detallada el
régimen jurídico de los técnicos de prevención de riesgos laborales.
Con el fin de abordar el objetivo propuesto la obra se articula partiendo
de tres concretos elementos que se consideran esenciales en relación con los
técnicos de prevención: las obligaciones, las garantías y las responsabilidades.
Estos contenidos se estructuran en cinco capítulos.
Los dos primeros capítulos se dedican a estudiar el marco obligacional
de los técnicos de prevención. La aproximación a las obligaciones de los técnicos
se presenta como una tarea compleja, pues su ordenación jurídica resulta
confusa y asistemática, no existiendo un conjunto ordenado y coherente
de obligaciones que se les atribuyan a los prevencionistas. Son escasas las
referencias normativas que configuran específicos deberes para los técnicos
de prevención, por lo que la delimitación de su singular marco obligacional
requerirá de un ejercicio exegético que logre integrar estas aparentes lagunas
normativas a través de una interpretación sistemática del ordenamiento jurídico
y de la jurisprudencia2. Quizás sea esta dificultad interpretativa la que
ha llevado a que resulten especialmente escasos los estudios doctrinales que
sobre las obligaciones de los técnicos de prevención se han realizado.
Siendo conscientes de las dificultades que ello conlleva, los dos primeros
capítulos formulan una propuesta de sistematización de las obligaciones de
los técnicos de prevención de riesgos laborales partiendo de que las mismas
se conforman en atención a dos dimensiones esenciales: la capacitación de
los técnicos de prevención- anudada a su nivel formativo y a las competencias
y funciones que atribuye a cada nivel el RSP- y el modelo de organización preventiva
en el cual el técnico de prevención va a desarrollar su actividad, así
como la concreta posición que como auxiliar del empresario ocupa dentro de
la organización productiva.

Se analizan en relación con estos contenidos tanto las concretas obligaciones
que se derivan de modo más o menos directo de las normas jurídicas
heterónomas, como las obligaciones de los técnicos que tienen su origen en la
autonomía individual y colectiva; y todo ello, prestando una singular atención
al modo en el que las obligaciones han de ser cumplidas en atención al grado
de diligencia exigible al técnico de prevención, que se vincula en este punto
con la lex artis.
El tercer capítulo del libro se ocupa de examinar las garantías de los técnicos
de prevención. La singular actividad que desempeñan los prevencionistas
en la empresa, su vínculo laboral con esta y la trascendencia de los bienes
jurídicos implicados en sus funciones, les hacen acreedores de una serie de
mecanismos jurídicos que, protegiéndoles especialmente, permitan garantizar
su independencia, neutralidad y objetividad, evitando que el empresario
pueda adoptar medidas disciplinarias por el ejercicio diligente de las funciones
encomendadas. Las garantías reconocidas por el art. 30.4 LPRL a los técnicos
de prevención que desempeñen funciones preventivas en la empresa
son parte de las que el TRET concede a la representación de los trabajadores,
lo que constituye una fuente de controversias interpretativas. La resolución
de dichos conflictos exegéticos se plantea como objetivo primordial de este
tercer capítulo.
Finalmente, los dos últimos capítulos de la obra se centran en estudiar
el sistema de responsabilidades de los técnicos de prevención. Cualquier
acercamiento al sistema de responsabilidades preventivas en nuestro ordenamiento
jurídico resulta harto complicado, no solo por la dispersión normativa,
sino también por la heterogeneidad y ausencia de sistematización que
afecta a la materia. Esta complejidad queda agravada por la pluralidad de sujetos
responsables que en prevención de riesgos laborales pueden concurrir
en relación con un mismo hecho.
Pese a que nuestro sistema jurídico consagra al empresario como máximo
garante de la seguridad y salud de los trabajadores, y por tanto como elemento
cardinal en la imputación de responsabilidades en materia de prevención
de riesgos laborales, ello no excluye la posibilidad de que otros agentes
intervinientes en el proceso productivo o preventivo puedan ser igualmente
responsables. Entre todos ellos, especial relevancia revisten los técnicos de
prevención en su calidad de auxiliares del empresario en el cumplimiento de
su obligación preventiva. La misión del técnico de prevención es gestionar el
riesgo laboral, un riesgo que ha ido ganando en intensidad y extensión a la

par que han ido transformándose las concepciones jurídico-preventivas sobre
el significado y alcance de la seguridad y salud en el trabajo. En la medida
en que ha ido creciendo la complejidad de las funciones encomendadas, los
técnicos de prevención se han visto inmersos de lleno en el desagregado y
confuso sistema de responsabilidades que imbrica la disciplina preventiva en
nuestro ordenamiento, carente de toda sistematicidad en este punto.
Como resulta obvio, las responsabilidades que son objeto de análisis son
aquellas que se pueden derivar del ejercicio profesional de la actividad preventiva
desempeñada por los técnicos de prevención. En este sentido, dichas
responsabilidades se anudan indisolublemente a sus obligaciones, tanto las
que tienen su origen en normas heterónomas, como las que derivan de la autonomía
individual y colectiva.
Desde este punto de partida, se examinan los diferentes mecanismos de
reacción de nuestro ordenamiento jurídico frente a los incumplimientos en
materia de seguridad y salud laboral, que, sin perjuicio de su unidad lógica
interna, se agrupan en dos capítulos diferentes en atención a su naturaleza
jurídica y a su fundamento. Así, en el capítulo cuarto se analizan la responsabilidad
administrativa y la penal, de finalidad esencialmente preventiva e insertas
en el ámbito jurídico público. Por su parte, el último capítulo se ocupa
de la imputación a los técnicos de prevención de las responsabilidades que
residen en la esfera jurídico-privada, incluyendo la responsabilidad civil y la
responsabilidad disciplinaria laboral.
Antes de entrar en el análisis, resulta preciso realizar algunas breves
anotaciones en lo que se refiere a la delimitación del objeto de estudio. En
primer lugar, la obra se dedica exclusivamente a los técnicos de prevención
de riesgos laborales que desarrollan sus funciones en las denominadas especialidades
técnicas, no constituyendo materia de examen el régimen jurídico
de los especialistas sanitarios, cuya regulación jurídica tiene numerosas singularidades
que requieren un enfoque específico que se aleja del propósito
de la obra. Por el mismo motivo, no se recogen en el estudio aquellos contenidos
ligados especialmente al ámbito de las Administraciones Públicas o a sectores
específicos como construcción o minería. La complejidad y amplitud de
cada uno de ellos les hace merecedores de una atención singular que excede
la finalidad de este estudio. Además, tampoco son objeto de análisis singular
las obligaciones y responsabilidades preventivas comunes que, en cuanto a
trabajadores por cuenta ajena, corresponden a los técnicos de prevención en
análogos términos que al resto de trabajadores.

Por último, toda la obra se estructura partiendo de la premisa de que los
técnicos de prevención desarrollan sus funciones como trabajadores designados
o en el marco de un servicio de prevención propio, mancomunado o
ajeno, relegando el estudio de otras posibles posiciones en las que el técnico
de prevención se pueda encontrar. Por tanto, no son objeto de atención específica
las figuras del coordinador de seguridad y salud en las obras de construcción,
la del encargado de la coordinación de las actividades preventivas,
la de los recursos preventivos, ni la de los técnicos de prevención que realizan
sus labores en el marco de las empresas auditoras de prevención; y ello, sin
perjuicio de que en algunos puntos del análisis se haya de hacer referencia
tangencial a alguna de estas funciones.

ÍNDICE
ABREVIATURAS
INTRODUCCIÓN
CAPÍTULO I. OBLIGACIONES DE LOS TÉCNICOS DE PREVENCIÓN
DE RIESGOS LABORALES: MARCO JURÍDICO OBLIGACIONAL
1. PLANTEAMIENTO DE LA CUESTIÓN
2. NIVELES FORMATIVOS Y FUNCIONES REGLAMENTARIAS DE LOS
TÉCNICOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
2.1. Funciones de nivel básico
2.2. Funciones de nivel intermedio
2.3. Funciones de nivel superior
3. EL TÉCNICO DE PREVENCIÓN COMO EJE CENTRAL DE LA
ORGANIZACIÓN PREVENTIVA
3.1. Las distintas modalidades de organización preventiva
3.2. La asunción personal por el empresario
3.3. La designación de trabajadores
3.4. Los servicios de prevención
4. EL TÉCNICO DE PREVENCIÓN COMO AUXILIAR DEL EMPRESARIO:
ESPECIAL REFERENCIA A LA LEX ARTIS COMO DILIGENCIA
PROFESIONAL EXIGIBLE EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS
OBLIGACIONES
5. LAS (SUPRA)OBLIGACIONES INSTRUMENTALES DEL CUMPLIMIENTO
DILIGENTE DEL TÉCNICO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
5.1. El deber de colaboración
5.2. El deber de sigilo

CAPÍTULO II. OBLIGACIONES DE LOS TÉCNICOS DE PREVENCIÓN DE
RIESGOS LABORALES: OBLIGACIONES ESPECÍFICAS
1. LAS OBLIGACIONES DE LOS TÉCNICOS DE PREVENCIÓN DERIVADAS
DE NORMAS JURÍDICAS HETERÓNOMAS
2. EL PLAN DE PREVENCIÓN
2.1. El plan de prevención: notas definitorias
2.2. Las funciones de los técnicos de prevención en la elaboración
del plan de prevención
3. LA EVALUACIÓN DE RIESGOS LABORALES
3.1. Notas básicas de la obligación de evaluar los riesgos laborales
3.2. El técnico de prevención como agente clave en la evaluación de
riesgos
4. LA PLANIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD PREVENTIVA
4.1. Notas básicas de la obligación de planificación de la actividad
preventiva
4.2. La intervención del técnico de prevención en la planificación de la
actividad preventiva
5. LA OBLIGACIÓN DE INFORMACIÓN
5.1. Notas características de la obligación de información
5.2. El papel de los técnicos de prevención en relación con la
obligación de información
6. LA OBLIGACIÓN DE FORMACIÓN
6.1. Notas características de la obligación de formación
6.2. Sujetos capacitados para impartir formación preventiva
7. MEDIDAS DE EMERGENCIA Y PRIMEROS AUXILIOS
7.1. Notas características de la obligación de medidas de emergencia
y primeros auxilios
7.2. Los técnicos de prevención y las medidas de emergencia y primeros
auxilios
8. OTRAS OBLIGACIONES DE LOS TÉCNICOS DE PREVENCIÓN
9. LAS OBLIGACIONES DE LOS TÉCNICOS DE PREVENCIÓN DERIVADAS
DE LA AUTONOMÍA INDIVIDUAL Y COLECTIVA
9.1. Obligaciones de los técnicos y contrato de trabajo
9.2. La negociación colectiva como fuente de obligaciones de los
técnicos de prevención

CAPÍTULO III. LAS GARANTÍAS DE LOS TÉCNICOS
DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
1. FUNDAMENTO DE LA ESPECIAL PROTECCIÓN DE LOS TÉCNICOS
DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN EL EJERCICIO DE SUS
FUNCIONES PREVENTIVAS
2. ÁMBITO DE APLICACIÓN SUBJETIVO DE LAS GARANTÍAS: ALGUNOS
SUPUESTOS CONTROVERTIDOS
2.1. Trabajadores que representan al empresario en el comité de
seguridad y salud
2.2. Acerca de los recursos preventivos
2.3. El coordinador de seguridad y salud durante la ejecución de
la obra
3. ALCANCE Y CONTENIDO DE LAS GARANTÍAS
3.1. Apertura de expediente contradictorio
3.2. Prioridad de permanencia
3.3. Garantía de inmunidad
3.4. Derecho de opción en el despido improcedente
CAPÍTULO IV. LAS RESPONSABILIDADES DE LOS TÉCNICOS DE
PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES: DIMENSIÓN JURÍDICO-PÚBLICA
1. EL TÉCNICO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES COMO
SUJETO RESPONSABLE: CONSIDERACIONES PRELIMINARES
2. LA INEXISTENTE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA DEL
TÉCNICO DE PREVENCIÓN: REFLEXIONES ACERCA DE SU
PERTINENCIA
3. LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LOS TÉCNICOS DE PREVENCIÓN:
PLANTEAMIENTO DE LA CUESTIÓN
4. EL DELITO CONTRA LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN EL TRABAJO:
EL TÉCNICO DE PREVENCIÓN COMO SUJETO RESPONSABLE
4.1. El delito contra la seguridad y la salud en el trabajo: la
conformación de la acción típica
4.2. El técnico de prevención como sujeto activo del delito contra
la seguridad y la salud en el trabajo
5. LOS DELITOS DE LESIONES Y HOMICIDIO IMPRUDENTES: EL
TÉCNICO DE PREVENCIÓN COMO SUJETO RESPONSABLE

6. OTROS DELITOS EN LOS QUE PUEDE INCURRIR EL TÉCNICO DE
PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
7. LA RESPONSABILIDAD CIVIL EX DELICTO
CAPÍTULO V. LAS RESPONSABILIDADES DE LOS TÉCNICOS DE PREVENCIÓN
DE RIESGOS LABORALES: DIMENSIÓN JURÍDICO-PRIVADA
1. LA RESPONSABILIDAD CIVIL DEL TÉCNICO DE PREVENCIÓN DE
RIESGOS LABORALES: SUPUESTOS Y CUESTIONES PRELIMINARES
2. LA RESPONSABILIDAD CIVIL DE LOS TÉCNICOS DE PREVENCIÓN
INTERNOS FRENTE A SU EMPRESARIO
3. LA RESPONSABILIDAD CIVIL DE LOS TÉCNICOS DE PREVENCIÓN
(MIEMBROS DEL SERVICIO DE PREVENCIÓN AJENO) FRENTE A SU
EMPRESARIO
4. LA RESPONSABILIDAD CIVIL DE LOS TÉCNICOS DE PREVENCIÓN
(INTERNOS O MIEMBROS DEL SERVICIO DE PREVENCIÓN AJENO)
FRENTE AL TRABAJADOR O TERCERO PERJUDICADO
5. LA RESPONSABILIDAD DISCIPLINARIA DEL TÉCNICO DE
PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
5.1. La responsabilidad disciplinaria del técnico de prevención
interno de la empresa
5.2. La responsabilidad disciplinaria del técnico de prevención
perteneciente a un servicio de prevención ajeno: el régimen
disciplinario del Convenio colectivo nacional de servicios de
prevención
5.3. La responsabilidad disciplinaria del técnico de prevención de
riesgos laborales: casuística jurisprudencial
A MODO DE REFLEXIÓN FINAL
BIBLIOGRAFÍA

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Ficha técnica

Autor
Guillermo García González
Editorial
Dykinson
Idioma
Castellano
ISBN
978-84-13-24495-2
Fecha de Publicación
20-01-2020
Nº de páginas
249
Encuadernación
Rústica
Nº edición
1
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