El derecho de la unión no restringe la competencia de los estados miembros para organizar sus sistemas de seguridad social y, a falta de una armonización a escala de la unión europea, corresponde a la legislación de cada estado miembro determinar los requisitos que confieren derecho a las prestaciones sanitarias. el ejercicio de esta competencia, puede colisionar con el derecho de la unión, en especial, las disposiciones relativas a la libre prestación de servicios. al servicio, pues, del ciudadano, la administración queda obligada a transformarse en una administración regida por el principio de eficacia que proclama el artículo 103 de nuestra constitución. la política sanitaria europea implica que los sistemas sanitarios de los estados miembros deben responder a los desafíos del cambio y, en este sentido, es preciso reforzarlos. hay que garantizar el acceso a las prestaciones sanitarias y debemos hacer frente a numerosos retos en el ámbito de la salud. la europa que tenemos hoy es distinta de la que
65151
Ficha técnica
Autor
Juan Francisco Pérez Gálvez
Editorial
Comares
Idioma
Castellano
ISBN
978-84-9045-071-0
Fecha de Publicación
12-09-2013
Nº de páginas
376
Encuadernación
Rústica
Nº edición
1
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