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La (Relativa) Constitucionalidad de los Derechos de Autor en España "Antecedentes y Estado de la Cuestión"
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La (Relativa) Constitucionalidad de los Derechos de Autor en España "Antecedentes y Estado de la Cuestión"

Autor Portero Lameiro, José Domingo
Editorial Dykinson
Fecha de Publicación 31-05-2016
Nº de Páginas 86
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ÍNDICE
CAPÍTULO I. LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
1. CONSIDERACIONES PREVIAS
2. ORÍGENES DEL DERECHO DE AUTOR
3. LOS DERECHOS DEL AUTOR, ARTISTA INTÉRPRETE O EJECUTANTE DE LA OBRA INTELECTUAL
3.1. Los derechos patrimoniales
3.2. Los derechos morales
3.3. Los derechos conexos
4. EL INCONCLUSO DEBATE MONISMO/DUALISMO
5. LAS DIVERSAS CONCEPCIONES DE LOS DERECHOS DE AUTOR EN DERECHO COMPARADO
CAPÍTULO II. DERECHOS DE AUTOR VS. DERECHOS FUNDAMENTALES
1. LA OBRA INTELECTUAL Y SU PROTECCIÓN COMPLEMENTARIA POR EL TEXTO CONSTITUCIONAL
1.1. La propiedad intelectual como propiedad especial: El artículo 33 CE versus los artículos 428-429 CC
1.2. La libertad de expresión (artículo 20.1 CE) versus la creación artística, literaria y científica (artículo 1 TRLPI)
1.3. Los derechos patrimoniales y el artículo 33 CE versus los derechos morales y el artículo 20.1 CE
2. NORMATIVA SUPRANACIONAL A NIVEL CONSTITUCIONAL VS. TRATADOS INTERNACIONALES
2.1. El artículo 10.2 CE versus el artículo 27.2 de la Declaración Universal de Derechos Humanos
2.2. El artículo 10.2 CE versus el artículo 10.1 del Convenio para la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales
2.3. El artículo 10.2 CE versus el artículo 15.1.c) del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
2.4. El artículo 10.2 CE versus el artículo 17.2 de la Carta de los derechos fundamentales de la UE
3. CONSIDERACIONES FINALES
CAPÍTULO III. OTROS ASPECTOS DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Y SU CONSTITUCIONALIDAD
1. EL AUTOR Y SU CARACTERÍSTICO IUS PROHIBENDI: TRLPI VS. CARTA MAGNA
1.1. El derecho de divulgación (artículo 14.1 TRLPI) versus la libertad de expresión (artículo 20.1 CE)
1.2. El derecho al inédito (artículo 14.1 TRLPI) versus el derecho al acceso a la cultura (artículo 44 CE)
2. EL DERECHO DE TRANSFORMACIÓN (ARTÍCULO 21.1 TRLPI) VS. NORMA NORMARUM
2.1. La obra derivada (artículo 11 TRLPI) y la libertad de expresión (artículo 20.1 CE)
2.2. La parodia (artículo 39 TRLPI) y la libertad de crítica (artículo 20.1 CE)
3. LOS LÍMITES A LA PROTECCIÓN DE LA CREACIÓN INTELECTUAL EN EL MARCO DEL TRLPI VERSUS EL LÍMITE AL EJERCICIO DE LAS LIBERTADES DE EXPRESIÓN (ARTÍCULO 20.4 CE)
3.1. Los límites a la protección de la creación intelectual (artículos 31-40 TRLPI)
3.2. El límite a los límites: La three-step test o Regla de los tres pasos (artículo 40bis TRLPI)
CAPÍTULO IV. COMENTARIOS AL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD INTERPUESTO POR EL PSOE CONTRA LA REFORMA DE LA LPI
1. LA COMPENSACIÓN EQUITATIVA POR COPIA PRIVADA Y SU CONSTITUCIONALIDAD
2. LA GESTIÓN DEL SISTEMA DE RECAUDACIÓN DE VENTANILLA ÚNICA Y SU CONSTITUCIONALIDAD
3. EL ESTABLECIMIENTO DE UN ARBITRAJE OBLIGATORIO EN CASO DE DESACUERDO RESPECTO A LAS TARIFAS Y SU CONSTITUCIONALIDAD
EPÍLOGO
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

RESUMEN
Favorecido por el reconocimiento de la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado que proclama nuestra Constitución, las creaciones intelectuales revisten una enorme importancia económica y, a su vez, generan ciertos privilegios a sus creadores. El presente estudio analiza la constitucionalidad de esos derechos de autor en España. Materia alentada por la carencia de una postura clara al respecto en nuestra Carta Magna. Todo lo contrario al modo de planteamiento de la protección constitucional de los consumidores y usuarios de esas obras intelectuales, en virtud de la consagración de la libertad de acceso a la cultura de todos los ciudadanos. Así las cosas, se hace interesante la interpretación de diversos preceptos de nuestra Norma Normarum. En cualquier caso, no hay unanimidad en admitir los derechos de autor como derechos fundamentales, además, en contra, la Ley de Propiedad Intelectual es una ley ordinaria y no orgánica. Con todo, debemos aceptar la constitucionalidad de los derechos de autor en base a la necesaria sujeción a la Declaración Universal de los Derechos Humanos y a los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España. De modo que los efectos económicos que se derivan de esta apreciación no pueden ser obviados, pues podrían plantearse reclamaciones por vulneración de derechos de autor aún más cuantiosas. En definitiva, y teniendo en cuenta que nuestros constituyentes contaban con excelentes precedentes (como el Texto Constitucional portugués) se echa en falta que no exteriorizaran la misma exactitud en nuestra Norma Básica, pues la aludida imprecisión hace indispensable la inferencia que, a su vez, puede generar confusión.

El Prof. Dr. José Domingo Portero Lameiro ejerce labores docentes e investigadoras en la Universidad de Cádiz. Es miembro del Grupo de Investigación SEJ- 058 del Plan Andaluz de I+D+I (PAIDI), inscrito en el Sistema de Información Científica de Andalucía (SICA). Su proyecto de investigación titulado Los derechos de autor y la Carta Magna fue seleccionado, en régimen de concurrencia competitiva, por el Banco de Santander en la convocatoria Jóvenes Profesores e Investigadores Iberoamérica 2014. Ha colaborado con varias instituciones nacionales e internacionales, entre las que destaca el Centro de Investigaçâo Jurídico-Económico (CIJE) de la Universidade do Porto (Portugal), donde ha participado en varios proyectos y libros colectivos. Y, es el responsable del Observatorio luso-español de vigilancia aduanera de la Propiedad Intelectual e Industrial.
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Ficha técnica

Autor
Portero Lameiro, José Domingo
Editorial
Dykinson
ISBN
978-84-9085-816-5
Fecha de Publicación
31-05-2016
Nº de páginas
86
Encuadernación
Rústica
Nº edición
1
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