Cualquier decisión comunitaria debe someterse a Junta para poder llevarse a cabo, pero, una vez adoptado el acuerdo, ¿desde cuándo es ejecutivo? ¿Es necesario que figuren en el acta o que esta tenga las firmas del Presidente o del secretario? ¿Existe un plazo de prescripción para ejecutarse? ¿Puede suspenderse por la impugnación? Y, por otra parte, ¿cuándo puede revocarse? En este estudio se responden todos estos interrogantes, con ejemplos de casos prácticos y con la doctrina y la jurisprudencia aplicables.
ÍNDICE
Ejecución Doctrina La ejecución de los acuerdos en la Comunidad de Propietarios Cierre del acta con firma Presidente y ejecutividad acuerdos Consultas ¿Si en el acta falta la firma del Presidente o Secretario los acuerdos no se podrán ejecutar? Ejecución acuerdo sobre instalación ascensor existiendo impugnación Realización acuerdo tomado hace un año Obligación de cumplir los acuerdos de la Junta convocada y celebrada con defectos Reclamación de deuda contra el propietario que ha impugnado acuerdos Impugnación y ejecución acuerdos Plazo para la ejecución de un acuerdo sobre el despido de un trabajador Prescripción para la ejecución de acuerdos de Junta de Propietarios ¿Es necesario la aprobación de la Junta anterior? Reclamación vicios al promotor y que no cumple el Presidente, ¿cuál sería la solución? Aprobación de la instalación del ascensor sin llegar a su cumplimiento Incumplimiento del acuerdo adoptado Ejecución La falta de impugnación judicial del acuerdo adoptado por la Junta para la instalación y el uso del ascensor lo convierte en eficaz y obligatorio El acuerdo de eliminación de la estructura instalada por el comunero no fue impugnado por lo que es un acuerdo ejecutivo La no impugnación en tiempo y forma de la Junta conlleva que la aprobación por urgencia de una derrama extraordinaria para el pago de los gastos de ascensor y de abogados sea ejecutiva El acuerdo por el que se decide no aprobar ni ratificar la actuación del Presidente en un procedimiento judicial es ejecutivo al no haberse impugnado Los acuerdos adoptados sobre las obras a realizar en el bajo sótano, propiedad de la apelante, al no haber sido impugnados en tiempo y forma, despliegan total ejecutividad La Comunidad se debe atener a las decisiones de la asamblea general que decide sobre servicios y aprueba presupuestos anuales y que son ejecutivas al no haber sido impugnadas El acuerdo de reparación de fachada, que no requería unanimidad, fue válidamente adoptado y, por tanto, es ejecutivo Habiéndose autorizado por unanimidad en Junta la instalación de tendales en el patio de luces del edificio, el acuerdo es válido y ejecutivo, por lo que no procede su retirada Habiendo transcurrido el plazo de tres meses para impugnar los acuerdos de la Junta, estos son ejecutivos Es ejecutivo el acuerdo de la Junta que aprueba los gastos por derrama extraordinaria y en el que se encontraba presente el comunero moroso, aunque estuviera privado del derecho de voto La falta de defectos formales en la notificación por correo certificado de las actas de las Juntas de Propietarios no es motivo suficiente para obstaculizar la toma de acuerdos por la Comunidad Revocación Doctrina La revocación de los acuerdos comunitarios Necesidad de unanimidad para revocación del acuerdo unánime de concesión del uso privativo del patio común ¿Cuántas veces puedo plantear el mismo asunto en Junta de Propietarios? Nulidad del acuerdo que revoca otro anterior donde se daba autorización para realizar obras en un local Consultas Nuevo acuerdo de la Junta rectificando acuerdo anterior Modificación acuerdo para reclamar vicios construcción Rectificación acuerdo anterior que perjudica a un propietario Cesión uso patio común y acuerdo en sentido contrario Revocación de determinados permisos concedidos en Junta Revocación del acuerdo por el que se deja sin efecto la mejora de un patio interior Acuerdo de exoneración temporal y revocación Sentencia apelada y acuerdo posterior de la Comunidad Revocación de acuerdo anterior de autorización de obras Rectificación de la Junta sobre acuerdo de reforma edificio Cese y nombramiento nuevo Junta mismo Administrador Rectificación del presupuesto de ascensor en nueva Junta Revocación del acuerdo sobre la instalación de una piscina ¿Procede revocar un acuerdo cuando la Junta va en contra de sus propios actos? Revocación del acuerdo de destitución del Administrador Posible revocación del acuerdo por el que se exonera a los sótanos de determinados gastos ¿Hasta cuándo se puede revocar un acuerdo? Rectificación de una decisión anterior sobre la autorización de obras Convocatoria del Presidente para modificar acuerdos anteriores Acuerdo para accionar judicialmente contra determinados propietarios y nueva Junta para posible desistimiento Paralización obras instalación de gas por acuerdo de la Junta Acuerdo de mayoría para desistir de demanda sobre elementos comunes Toma de decisiones sobre acuerdos de la Junta declarados nulos judicialmente Revocación del acuerdo por el que se le permitía a un propietario la apertura de una salida de emergencia Acuerdo para desistir de una demanda y participación de los propietarios contrarios Revocación del acuerdo sobre reducción de cuota participación local Revocación Quórum necesario Unanimidad La atribución de carácter definitivo del uso privativo de zona común aprobado por acuerdo unánime implica la modificación del Título, siendo necesaria la unanimidad para su revocación Es necesaria la unanimidad para la revocación del acuerdo que exoneraba a los locales del abono de los gastos de instalación de ascensor Se precisa el acuerdo unánime para revocar un acuerdo anterior que precisó unanimidad Necesaria unanimidad para revocar un acuerdo anterior de exoneración de gastos de instalación del ascensor Es necesaria la unanimidad para revocar el acuerdo que durante años ha eximido de los gastos de ascensor a los locales No cabe revocar un acuerdo anterior alcanzado por unanimidad con simple mayoría No puede dejarse sin efecto el acuerdo aprobado por unanimidad sobre la exoneración de gastos de escalera por un acuerdo posterior aprobado por mayoría Mayoría La revocación del acuerdo por el que se concede la utilización privativa de un elemento común solo requiere de la mayoría Posibilidad de revocación del acuerdo de reparto de gastos por la Comunidad, sin que sea necesaria su aprobación por el mismo quorum por el que fue aprobado; basta alcanzar la mayoría que exige la Ley Mismo quórum que para su adopción Siendo el objeto del acuerdo que se va a modificar la eliminación de barreras arquitectónicas, basta con que se adopte con la misma mayoría que se obtuvo para su adopción Los acuerdos de las Juntas de Propietarios pueden ser modificados por los mismos quorum que se precisan para su adopción Para la revocación del acuerdo es necesaria la misma mayoría que para su adopción Posibilidad de revocación del acuerdo según lo determinado en el mismo, siempre y cuando se siguiera el mismo cauce de aprobación en el acuerdo posterior Perjuicios a los propietarios Existencia Es nulo el acuerdo de la Junta que revocaba el anterior relativo a la realización de obras, por lo que la Comunidad debe abonar a la comunera los gastos de su ejecución que afectaba tanto a elementos comunes como privativos El "grave perjuicio al propietario que no debe soportarlo" debe definirse en cada caso, y lo es cuando aprobado el cambio de calefacción central a individual una Junta posterior vuelve al sistema central La Comunidad no puede revocar un acuerdo cuya ejecución se reclama judicialmente en perjuicio de un propietario Es contrario a la buena fe acordar la revocación del consentimiento a la apertura de ventana en cubierta que fue autorizada anteriormente La Junta puede modificar lo acordado siempre que no lesione derechos ya adquiridos previamente Es contrario a la doctrina de los actos propios adoptar un acuerdo en contra de otros anteriores de exención de gasto común Se anula el segundo acuerdo en el que se deniega la autorización con base en la doctrina de actos propios La aprobación de un acuerdo que revoca uno anterior sobre obras de pavimentación y que responde solo a una voluntad discorde de propietarios que se vuelven atrás en su inicial decisión implica un ejercicio abusivo de las mayorías Infringe sus propios actos la Comunidad que reclama contra unas obras que autorizó anteriormente La Junta solo está vinculada por anteriores acuerdos que concedan derechos concretos a uno de los comuneros No es válida la revocación del acuerdo no impugnado cediendo el uso privativo del jardín El acuerdo de destrucción del tejadillo, cuya construcción fue autorizada por un acuerdo en el año 1981, es nulo Nulidad del acuerdo de contribuir a los gastos a quien se ausentó de la Junta porque previamente se le había eximido La Comunidad no puede revocar la inicial autorización para la obra de un comunero Revocación de un acuerdo anterior yendo contra los actos propios Inexistencia Validez del acuerdo por el que se deja sin efecto la anterior autorización concedida en una Junta unos dos meses anteriores Aunque la Comunidad de Propietarios efectivamente permitiera a la demandada el uso de la terraza comunitaria, puede revocar dicha autorización, sin que ello suponga abuso de derecho, pues no se perjudica a un vecino a favor del resto La Comunidad puede revocar una autorización previa que permitía a los comuneros el uso de la cubierta como terraza Es válido el acuerdo revocatorio por el que la Comunidad recupera el uso del patio comunitario cedido en exclusiva a los demandados Válida rectificación por la Junta de un acuerdo anterior justificado y sin perjuicio del comunero Es válida la modificación de los acuerdos anteriores si no se afectan derechos de terceros o en perjuicio de un comunero Facultad de la Junta de revocar sus acuerdos anteriores no ejecutados La posibilidad de cambios de voluntad de la Junta de Propietarios no supone actuar contra sus propios actos Validez del acuerdo por el que se anula uno anterior relativo a la instalación de un ascensor pese a la existencia de defectos en el acta Prueba No es posible reclamar daños y perjuicios a la Comunidad por aprobar un acuerdo modificativo de uno anterior si no se impugna este, pues no hay causa eficiente legal, contractual ni extracontractual Se considera ilícito y contrario a los actos propios el acuerdo de la Junta que revoca un acuerdo anterior nunca impugnado por el que se aprobaba la instalación del ascensor Perjuicios a terceros La Comunidad no puede revocar acuerdos anteriores en perjuicio de un tercero por afectar al acuerdo transaccional adoptado en un pleito previo
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Ficha técnica
Autor
Departamento Jurídico de Sepín Propiedad Horizontal
Editorial
Sepin
Idioma
Castellano
ISBN
978-84-13-33419-6
Fecha de Publicación
07-01-2020
Nº de páginas
0
Encuadernación
On line
Nº edición
1
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