El parentesco como circunstancia agravante o atenuante de la responsabilidad penal se refiere a la relación de consanguinidad o afinidad entre los sujetos activo y pasivo del delito. Opera la mayoría de las veces como agravante cuando la víctima es o ha sido cónyuge o pareja del ofensor o es ascendiente, descendiente o hermano, por naturaleza o adopción, de este o de su cónyuge o conviviente.
¿Qué requisitos exige? ¿A qué delitos se aplica? ¿A cuáles no? ¿Es compatible con otras circunstancias agravantes? Nuestros Juzgados y Tribunales dan respuesta a estas y a otras cuestiones, que hemos recogido de forma detallada en el presente Cuaderno siguiendo un orden sistemático y eminentemente práctico.
ÍNDICE
Fundamento de la circunstancia Como agravante Como atenuante Existencia de parentesco Matrimonio Análoga relación de afectividad
Aplicación de circunstancia No aplicación En caso de separación Convivencia Progenitores Hijos Hermanos No existe parentesco suficiente para su aplicación Aplicación de circunstancia Como agravante
Delitos contra la vida Delitos contra la intimidad Delitos contra la libertad Delitos contra la libertad sexual Lesiones Robo con violencia Como atenuante No se aplica Compatibilidad Con delitos específicos de violencia de género Con la agravante de género
83038
Ficha técnica
Autor
Sepin
Editorial
Sepin
Idioma
Castellano
ISBN
978-84-18247-45-3
Fecha de Publicación
26-06-2020
Nº de páginas
132
Encuadernación
Rústica
Nº edición
1
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