La vigente ley de enjuiciamiento criminal de 1882 desconoce que en un proceso penal la sentencia pueda sustentarse en una prueba indiciaria, indirecta o circunstancial, perspectiva normativa que sólo gozaría de la posible indulgencia de su aprobación decimonónica en 1882 pero sin que es posible indulgencia pueda extenderse al anteproyecto de ley de enjuiciamiento criminal presentando en la presente legislatura por el grupo parlamentario socialista en el que, al igual que la ley de enjuiciamiento criminal de 1882, no se dedica expresamente ni un solo precepto a mostrar qué entiende por prueba indiciaria, indirecta o circunstancial.
ÍNDICE LA IRRUPCIÓN EN EL PROCESO PENAL DE LA PRUEBA INDICIARIA, INDIRECTA O CIRCUNSTANCIAL
CAPÍTULO I. LA PROYECCIÓN NORMATIVA DEL INDICIO
CAPÍTULO II. LA RAZONABILIDAD DEL INDICIO
CAPÍTULO III. EL CONTEXTO PROBATORIO EN EL QUE OPERA EL INDICIO: LA PRUEBA INDICIARIA, INDIRECTA O CIRCUNSTANCIAL
CAPÍTULO IV. LA PRUEBA INDICIARIA, INDIRECTA O CIRCUNSTANCIAL Y EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA PRESUNCIÓN DE INOCENCIA
CAPÍTULO V. PRUEBA INDICIARIA, INDIRECTA O CIRCUNSTANCIAL Y DUDA RAZONABLE
CAPÍTULO VI. PRUEBA INDICIARIA, INDIRECTA O CIRCUNSTANCIAL Y PROCESO PENAL CON JURADO
ÍNDICE GENERAL DE BIBLIOGRAFÍA
85340
Ficha técnica
Autor
Antonio María Lorca Navarrete,
Editorial
Instituto Vasco Derecho Procesal
Idioma
Castellano
ISBN
978-84-949459-9-1
Fecha de Publicación
22-03-2021
Nº de páginas
86
Encuadernación
Rústica
Nº edición
1
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