La audiencia previa regulada en los arts. 414 a 430 LEC persigue una serie de finalidades presididas por la idea del legislador de evitar sentencias absolutorias en la instancia. Tras el planteamiento a las partes de un posible acuerdo, que rara vez se produce, se resuelven las cuestiones sobre presupuestos y óbices procesales, se determinan con precisión las pretensiones de las partes y, en caso de existir hechos controvertidos, se proponen y admiten las pruebas pertinentes siendo ahora obligatorio llevar nota de prueba. Muchas veces, en escasos 15 minutos, surgen muchos problemas. ¿Estamos preparados para afrontarlos? Esta guía compuesta de un completo esquema, opiniones de expertos, artículos legales comentados, formularios y soluciones jurisprudenciales le ayudará a afrontarlos.
Audiencia Previa: seguimiento esquemático Tramitación de la audiencia previa del juicio ordinario Audiencia Previa: ¿qué opinan los expertos? Facultades alegatorias y probatorias del rebelde en la audiencia previa del juicio ordinario La nota de prueba obligatoria en la audiencia previa La falta de asistencia del Procurador con poder especial al acto de la audiencia previa, ¿es defecto subsanable, arts. 231 y 418 LEC, o conlleva siempre la incomparecencia en aplicación del art. 414.2 LEC? Diez cuestiones polémicas en la resolución de excepciones procesales en la audiencia previa Innecesaria presencia del Procurador en la audiencia previa cuando está presente la parte TS, Sala Primera, de lo Civil, 23-7-2009 (SP/SENT/473986) Comparecencia de actor a la audiencia previa sin poder especial, pese a los correspondientes apercibimientos. Requisito de procedibilidad de la audiencia previa. Imposibilidad de subsanación. No aplicación del art. 231 ni del 418 LEC. Audiencia Previa: Artículos comentados Comentario Artículo 414. Finalidad, momento procesal y sujetos intervinientes en la audiencia LEY 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil Comentario Artículo 415. Intento de conciliación o transacción. Sobreseimiento por desistimiento bilateral. Homologación y eficacia del acuerdo LEY 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil Comentario Artículo 416. Examen y resolución de cuestiones procesales, con exclusión de las relativas a jurisdicción y competencia LEY 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil Comentario Artículo 417. Orden de examen de las cuestiones procesales y resolución sobre ellas LEY 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil Comentario Artículo 418. Defectos de capacidad o representación. Efectos de su no subsanación o corrección. Declaración de rebeldía LEY 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil Comentario Artículo 419. Admisión de la acumulación de acciones LEY 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil Comentario Artículo 420. Posible integración voluntaria de la litis. Resolución en casos controvertidos de litisconsorcio necesario LEY 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil Comentario Artículo 421. Resolución en casos de litispendencia o cosa juzgada LEY 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil Comentario Artículo 422. Resolución en casos de inadecuación de procedimiento por razón de la cuantía LEY 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil Comentario Artículo 423. Resolución en casos de inadecuación de procedimiento por razón de la materia LEY 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil Comentario Artículo 424. Actividad y resolución en caso de demanda defectuosa LEY 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil Comentario Artículo 425. Decisión judicial en casos de circunstancias procesales análogas a las expresamente previstas LEY 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil Comentario Artículo 426. Alegaciones complementarias y aclaratorias. Pretensiones complementarias. Hechos acaecidos o conocidos con posterioridad a la demanda y la contestación. Presentación de documentos sobre dichos extremos LEY 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil Comentario Artículo 427. Posición de las partes ante los documentos y dictámenes presentados LEY 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil Comentario Artículo 428. Fijación de los hechos controvertidos y posible sentencia inmediata LEY 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil Comentario Artículo 429. Proposición y admisión de la prueba. Señalamiento del juicio LEY 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil Comentario Artículo 430. Solicitud de nuevo señalamiento del juicio LEY 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil Audiencia Previa: formularios Nota de prueba de juicio ordinario Subsanación de falta de aportación de nota de prueba Audiencia Previa: jurisprudencia Conflicto negativo de competencia en un juicio instando nulidad del testamento el órgano judicial puede apreciar la falta de competencia territorial de oficio en el mismo acto de la audiencia previa Válida presentención en la audiencia previa de una certificación registral que acredita la legitimación del demandante para la reclamación ante la excepción introducida por el demandado en la contestación a a la demanda No hay indefensión de las demandadas que fueron debidamente notificadas de la demanda y declaradas en rebeldía, en la grabación de la audiencia previa no consta la solicitud de justicia gratuita sino que la solicitaron tras la sentencia Actor recurre la abusividad del interés de demora que no se pidió en la demanda sino que se introdujo en audiencia previa como petición complementaria y fue acertadamente inadmitida por la juez a quo por su extemporaneidad e indefensión del demandado Se desestima la apelación cuando, al no poder acudir ni el procurador ni la parte a la audiencia previa, no consta denuncia ni protesta del abogado de dicha parte No siendo alegada en trámite de contestación a la demanda la excepción de prescripción, no se fijó como controvertido en la audiencia previa, por lo que resultaba improcedente su estudio en la sentencia El control de oficio de la competencia territorial durante la fase declarativa de los juicios ordinario y verbal tiene su límite, respectivamente, en el acto de la audiencia previa y en el acto de la vista Aunque se aporta en la audiencia previa un documento de fecha anterior a la demanda, no se ha producido infracción del artículo 265.3 LEC, al ser de relevancia y fruto de las alegaciones manifestadas en la contestación a la demanda La aportación en la audiencia previa de documento acreditativo de la publicación en el BORM realizada por la administración actora no es extemporánea puesto que es consecuencia de lo manifestado en contestación a la demanda En la audiencia previa pueden aportarse los documentos llamados de refutación, en los demás casos la falta de presentación de documentos de fondo con la demanda conlleva la preclusión La actuación de la demandada no se interpreta como una renuncia, sino como un desistimiento, al no permitirse la acumulación de la nueva acción en la audiencia previa La presentación y admisión en la audiencia previa del telegrama enviado a la aseguradora es correcto procesalmente, porque la prescripción de la acción se pone de manifiesto en la oposición a la demanda El motivo alegado sobre la falta de notificación de la celebración de la audiencia previa debe decaer, habiendo sido suficiente una instrucción de los autos por las partes para constatar la fecha de celebración del acto de la audiencia previa Al no haber comparecido una de las partes en la audiencia previa del juicio ordinario, y sin que la otra parte mostrará interés en la continuación del juicio, el Juzgado pronuncia sentencia con las pruebas existentes en autos Las alegaciones de pago o de defectuosa ejecución de la obra no constituyen alegaciones complementarias que puedan realizarse en la audiencia previa según lo dispuesto en el artículo 426 LEC Cita jurisprudencial: la indefensión es irrelevante cuando es imputable a negligencia de la propia parte: incomparecencia del abogado y parte a la audiencia previa
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Ficha técnica
Autor
Departamento Jurídico de Sepín Proceso Civil
Editorial
Sepin
Idioma
Castellano
ISBN
978-84-1333-163-8
Fecha de Publicación
01-11-2018
Nº de páginas
0
Encuadernación
E-Book
Nº edición
1
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