La justicia restaurativa complementa y mejora el sistema tradicional de justicia concebido desde las teorías retributivas, pues fortalece el desarrollo de una sociedad democrática avanzada, contribuyendo así a consolidar una justicia de mayor calidad. De esta forma, no se limita a recomendar un único mecanismo, aunque la mediación penal es la que ha alcanzado un mayor desarrollo en gran parte de los países, fundamentalmente en Europa y en España.
En el ámbito concreto de la jurisdicción penal juvenil, el fin educativo-responsabilizador inherente a la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores (Ley del menor) y el abandono por parte del legislador de aplicar una justicia estrictamente punitiva al menor que delinque, constituyen una base sólida sobre la cual construir un proceso de mediación en el cual tanto víctima como agresor encuentren una solución práctica al conflicto generado.
Si bien, el modelo ( o modelos ) de mediación penal que ha acogido tanto la Ley del menor como su reglamento de desarrollo, dentro del marco constitucional, ha promovido que cada comunidad autónoma desarrolle ésta de forma distinta. Esto comporta una heterogeneidad de fórmulas organizativas y procedimentales que conlleva incluso diferencias en cada una de sus provincias, sin que exista en la actualidad un decálogo de criterios mínimos comunes aplicables a todo el territorio español en el empleo de los métodos restaurativos que la legislación ofrece.
CAPÍTULO 1. APROXIMACIÓN A LA IMPLEMENTACIÓN DE LA MEDIACIÓN PENAL EN ESPAÑA
1. La necesidad de la mediación en la sociedad española actual
2. Punto de partida en la regulación de la mediación penal en España
3. La justicia negociada penal en la actualidad y los intentos de implementación en procesos de adultos
4. Propuestas legislativas que buscan una resolución alternativa
5. Expansión de la mediación en la jurisdicción penal de menores
CAPÍTULO 2. LA MEDIACIÓN EN EL PROCESO PENAL DE MENORES
1. Desarrollo de la mediación en la Ley Orgánica 5/2000 de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores
2. Principios procesales afectados por la mediación en el proceso penal de menores
CAPÍTULO 3. ESTRUCTURA DE LA MEDIACIÓN PENAL JUVENIL Y LOS MODELOS DE GESTIÓN EN CADA COMUNIDAD AUTÓNOMA
1. Marco normativo común a todas las comunidades autónomas en el modo de llevar a cabo la mediación
2. Modo de llevar a cabo los procedimientos de mediación por las comunidades autónomas
3. Los modelos de mediación en menores en las distintas autonomías
CAPÍTULO 4. ANÁLISIS COMPARATIVO DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS A TRAVÉS DE LOS MODELOS DE GESTIÓN
1. La aplicabilidad del art. 19 LORPM (conciliación, reparación y actividad educativa) en las comunidades autónomas
2. Factores presentes en los procedimientos de mediación penal juvenil en las comunidades autónomas a partir de los tres modelos de gestión estudiados