En esta obra el autor lleva a cabo un intenso y extenso estudio de la Ley 2/2023 de 20 de febrero reguladora sobre la protección de las personas informantes y lucha contra la corrupción. La Ley 2/2023 es fruto de la implementación de la Directiva UE 2019/1937 o Directiva Whistleblowing, a su vez originaria de la figura anglosajona del whistleblower o informante de delitos en multitud de campos desde el económico al espionaje. El autor hace un estudio desde el origen del whistleblower en los EEUU, así como los casos más importantes de la Historia. En el estudio de la Ley 2/2023 analiza los puntos que abarcan al Derecho penal: analizando la prohibición de cualquier represalia, el anonimato de las denuncias, el canal de denuncias interno, externo y la revelación pública, así como una posible exención de pena o atenuación ante la denuncia de un delito de corrupción y sus consecuencias penales tanto en el sector público como en el privado. Se examina la figura del whistleblower como un ejercicio leal de colaboración ciudadana que tiene como objetivo la comunicación de infracciones para el interés público y la ética en la figura del informante que actúa de buena fe, denunciando cualquier vulneración del ordenamiento jurídico y que permite como destaca la mejor doctrina, respetar las garantías básicas que deben ser reconocidas a toda persona que pueda ampararse bajo el estatuto de protección al whistleblower/informante, sobre todo, en el ámbito penal.
ÍNDICE
PRÓLOGO
CAPÍTULO I. BREVE HISTORIA DEL WHISTLEBLOWING EN EEUU: UNA EXPERIENCIA JURÍDICA DE OBLIGADA REFERENCIA
CAPÍTULO II. EL CANAL DE DENUNCIAS EN ESPAÑA A RAÍZ DEL ART. 31 BIS CP Y OTRAS LEYES ESPAÑOLAS QUE YA LO INCLUÍAN ANTES DE LA DIRECTIVA UE 1937/2019 O DIRECTIVA WHISTLEBLOWING Y ALGUNAS CONSIDERACIONES EN LA LEY 2/2023 DE PROTECCIÓN DE LA PERSONA INFORMANTE Y DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN
CAPÍTULO III. CONSIDERACIONES PREVIAS A LA DIRECTIVA 2019/1937 EN TORNO AL ANONIMATO DEL INFORMANTE Y LA IMPLANTACIÓN DEL CANAL DE DENUNCIAS EN DIFERENTES ÁMBITOS SECTORIALES Y SU REPERCUSIÓN
CAPÍTULO IV. LOS ANTECEDENTES A LA LEY 2/2023 REGULADORA DE LA PROTECCIÓN DE LA PERSONA INFORMANTE. CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES DE LA DIRECTIVA UE 2019/1937 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO RELATIVA A LA PROTECCIÓN DE LAS PERSONAS QUE INFORMEN SOBRE INFRACCIONES DEL DERECHO DE LA UNIÓN O DIRECTIVA DE PROTECCIÓN AL WHISTLEBLOWER (INFORMANTE/DENUNCIANTE) O DIRECTIVA WHISTLEBLOWING
CAPÍTULO V. EL WHISTLEBLOWING O CANALES DE DENUNCIA: INSTRUMENTO DE LEGE FERENDA PARA LUCHAR CONTRA LA CORRUPCIÓN
CAPÍTULO VI. EL WHISTLEBLOWING Y SU UTILIDAD EN LOS ESCÁNDALOS FINANCIEROS MÁS IMPORTANTES DEL ÚLTIMO SIGLO
CAPÍTULO VII. REFLEXIONES CRÍTICAS AL CONTENIDO DE LA LEY 2/2023 REGULADORA DE LA PROTECCIÓN DE LA PERSONA INFORMANTE Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN TRAS LA TRANSPOSICIÓN DE LA DIRECTIVA UE 2019/1937
CAPÍTULO VIII. FINALIDAD DE LA LEY 2/2023 DE LA PROTECCIÓN DE LA PERSONA INFORMANTE Y SU ÁMBITO DE APLICACIÓN
CAPÍTULO IX. REFLEXIONES EN TORNO AL SISTEMA INTERNO DE INFORMACIÓN
CAPÍTULO X. CANAL EXTERNO DE INFORMACIÓN DE LA AUTORIDAD INDEPENDIENTE DE PROTECCIÓN DEL INFORMANTE
CAPÍTULO XI. LA REVELACIÓN PÚBLICA Y LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
CAPÍTULO XII. LA INDICENCIA DE LA LEY 2/2023 DE 20 DE FEBRERO REGULADORA DE LA PROTECCIÓN DE LAS PERSONAS QUE INFORMEN (WHISTLEBLOWERS) SOBRE INFRACCIONES NORMATIVAS Y LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN EN EL ÁMBITO DEL DERECHO PENAL ESPAÑOL
CAPÍTULO XIII. LEGISLACIÓN AUTONÓMICA Y LA FIGURA DEL WHISTLEBLOWER AUTONÓMICO: EL MODO DE CONFIGURARLO EN LAS CC. AA
CAPÍTULO XIV. ANÁLISIS Y DESCRIPCIÓN DE LA SENTENCIA DEL TEDH CASO HALET VERSUS LUXEMBURGO (APPLICATION Nº 21884/18)
CAPÍTULO XV. CONCLUSIONES
BIBLIOGRAFÍA
95851
Ficha técnica
Autor
Ignacio Lledó Benito
Editorial
Dykinson
Idioma
Castellano
ISBN
978-84-1070-848-8
Fecha de Publicación
18-12-2024
Nº de páginas
220
Encuadernación
Rústica
Nº edición
1
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