La determinación del convenio colectivo aplicable en subcontratación es una cuestión que ha adquirido notable relevancia tanto en las contratas públicas como en las privadas. Respecto a las primeras, la Ley de Contratos del Sector Público contiene previsiones que impiden a las empresas aplicar determinadas condiciones de trabajo inferiores a las previstas en el convenio sectorial, con un loable criterio de saneamiento de las condiciones de trabajo en contratas y concesiones administrativas, pero la experiencia aplicativa ha demostrado que para el órgano licitador no es sencillo identificar si hay convenio sectorial y cuál sea este. Pero también en las contratas privadas, el tema ha devenido muy importante por la regla del art. 42.6 del ET introducido en la reforma laboral del 2021. Este precepto pactado por los agentes sociales ha sido calificado por acierto como "auténtico rompecabezas" y uno de los grandes retos para la aplicación de la reforma.
CAPÍTULO I. LA REGULACIÓN DEL CONVENIO APLICABLE EN SUBCONTRATACIÓN
CAPÍTULO II. CRITERIOS PARA SELECCIONAR UN CONVENIO SECTORIAL
CAPÍTULO III. PROBLEMAS EN LA DELIMITACIÓN DE LOS CONVENIOS RELACIONADOS CON LA EXTERNALIZACIÓN PRODUCTIVA
BIBLIOGRAFÍA
92290
Ficha técnica
Autor
Amparo Esteve Segarra
Editorial
Tirant Lo Blanch
Idioma
Castellano
ISBN
978-84-1147-719-2
Fecha de Publicación
21-07-2023
Nº de páginas
182
Encuadernación
(Papel + Ebook)
Nº edición
1
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