¿Cuándo se considera que la prueba practicada en el proceso laboral es ilegal? Si la empresa contrata a un detective para vigilar a un empleado durante una baja por enfermedad o supervisa el uso de los equipos informáticos, ¿estaríamos ante una prueba ilícita?
Respondemos a este tipo de cuestiones con un análisis jurisprudencial sobre la legalidad de los diferentes mecanismos que sirven para controlar la actividad de los trabajadores, tales como la videovigilancia, la grabación de conversaciones, el informe de detectives, los correos electrónicos o el uso del GPS.
Y además, en la parte de Actualidad:
En el proceso social, ¿se aplican los mecanismos de verificación? ¿Y, en particular, el cotejo de letras previsto en el art. 326 LEC? Gestión de la diversidad religiosa en centros de trabajo a la luz de su evolución en los pronunciamientos de los Tribunales nacionales y europeos Preguntas y respuestas sobre la indemnización en el despido disciplinario
ÍNDICE
Presentación Videovigilancia Grabaciones Detectives Protección de datos Correo electrónico Registro de ordenadores GPS
78654
Ficha técnica
Autor
Departamento Jurídico Sepín Laboral
Editorial
Sepin
Idioma
Castellano
ISBN
978-84-17414-88-7
Fecha de Publicación
24-12-2018
Nº de páginas
128
Encuadernación
Rústica
Nº edición
1
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