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Obligación de prestar alimentos a los hijos mayores de edad "especial consideración de las acutales causas de extinción"
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Obligación de prestar alimentos a los hijos mayores de edad "especial consideración de las acutales causas de extinción"

Autor María Teresa Echevarría de Rada
Editorial Reus
Fecha de Publicación 06-11-2024
Nº de Páginas 231
26,00 €
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El artículo 39 de la Constitución Española impone a los padres el deber de prestar asistencia de todo orden a los hijos menores de edad y se remite, por lo que se refiere a los mayores de edad, a la legislación aplicable.

La obligación legal de prestar alimentos entre parientes aparece contemplada en los artículos 142 y siguientes del Código civil bajo la rúbrica De los alimentos entre parientes . Esta obligación alcanza a los cónyuges,

a los ascendientes y descendientes, y a los hermanos (art. 143 CC); es decir, se basa en vínculos familiares que pueden conllevar o no parentesco y requiere, como presupuestos para su nacimiento, la situación de necesidad

por parte del alimentista, que viene determinada por la carencia de medios para procurarse su subsistencia, y la suficiencia de recursos económicos por parte del alimentante para poder atender tal necesidad. La obligación

tiene carácter recíproco, lo que ha de entenderse en el sentido de que las personas citadas deben prestarse alimentos entre sí en el caso de que alguna se encuentre en situación de necesidad.

ÍNDICE

CAPÍTULO I. LA OBLIGACIÓN DE PRESTAR ALIMENTOS A LOS HIJOS MAYORES DE EDAD

1. INTRODUCCIÓN

2. PRESUPUESTOS NECESARIOS PARA EL NACIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE PRESTAR ALIMENTOS A LOS HIJOS MAYORES DE EDAD
CAPÍTULO II. ALIMENTOS DE LOS HIJOS MAYORES DE EDAD EN LOS PROCESOS MATRIMONIALES

1. PLANTEAMIENTO

2. REQUISITOS

2.1. Convivencia en el hogar familiar

2.2. Ausencia de ingresos propios

3. LEGITIMACIÓN PARA RECLAMAR LOS ALIMENTOS

3.1. Legitimación en el ámbito civil

3.2. Legitimación en el ámbito penal
CAPÍTULO III. MOMENTO TEMPORAL DE LA EXIGIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN DE PRESTAR ALIMENTOS

1. LIMITACIÓN TEMPORAL DE LA EXIGIBILIDAD DE LOS ALIMENTOS: EL ARTÍCULO 148.1 CC.

2. DIVERSOS MOMENTOS TEMPORALES DE DEVENGO DE LOS ALIMENTOS

2.1. Supuesto de primera resolución que fije la pensión de alimentos

2.2. Supuesto de alteración de la cuantía de la pensión alimenticia ya declarada con anterioridad

2.3. Supuesto de modificación del sujeto obligado al pago

2.4. Supuesto de extinción de la pensión alimenticia

2.4.1. Planteamiento general

2.4.2. Excepciones a la regla general de la irretroactividad
CAPÍTULO IV. EXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE PRESTAR ALIMENTOS A LOS HIJOS MAYORES DE EDAD

1. LA IMPOSIBILIDAD ECONÓMICA DEL ALIMENTANTE

1.1. Consideraciones generales

1.2. Inaplicabilidad del mínimo vital a los alimentos a mayores de edad

1.3. El nacimiento de un nuevo hijo del deudor alimenticio como causa de extinción de la pensión

2. LA SUPERACIÓN REAL DE LA NECESIDAD DEL ALIMENTISTA O LA POSIBILIDAD DE SUPERARLA. LA ACTITUD PERSONAL DEL ALIMENTISTA

2.1. No terminación de la formación por desinterés del alimentista

2.2. Terminación de la formación

2.3. Posibilidad de ejercer una profesión o industria y de entrar en el mercado de trabajo

3. LA EXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE PRESTAR ALIMENTOS POR CONCURRIR CAUSA DE DESHEREDACIÓN

3.1. Planteamiento general

3.2. La ausencia de relación familiar como posible causa de extinción de la obligación de prestar alimentos en el Código Civil

3.2.1. Estado de la cuestión con anterioridad a la STS 104/2019 de 19 de febrero

3.2.2. La STS 104/2019 de 19 de febrero

3.2.3. Recepción por las Audiencias Provinciales de la doctrina mantenida por la STS 104/2019 de 19 de febrero

3.2.4. La doctrina más reciente del TS sobre las causas de desheredación
CAPÍTULO V. LIMITACIÓN TEMPORAL DE LAS PENSIONES ALIMENTICIAS A LOS HIJOS MAYORES DE EDAD. FIJACIÓN DE UN PLAZO DE DURACIÓN

1. CONSIDERACIONES PREVIAS

2. RESOLUCIONES QUE ESTIMAN PROCEDENTE FIJAR UN PLAZO EN FUNCIÓN DE LAS CIRCUNSTANCIAS CONCURRENTES. LA ACTITUD DEL ALIMENTISTA

3. RESOLUCIONES QUE CONSIDERAN IMPROCEDENTE FIJAR UN LÍMITE TEMPORAL SIN CONOCER LA SITUACIÓN EN QUE, AL TÉRMINO DEL PLAZO PREVISTO, PUEDA ENCONTRARSE EL ALIMENTISTA

4. RESOLUCIONES QUE DECRETAN DIRECTAMENTE LA EXTINCIÓN

5. IMPORTANCIA DEL SUPLICO
CAPÍTULO VI. ALIMENTOS A LOS HIJOS MAYORES DE EDAD CON DISCAPACIDAD

1. CONSIDERACIONES PREVIAS

2. ALIMENTOS A FAVOR DE LOS HIJOS MAYORES CON DISCAPACIDAD
ÍNDICE DE RESOLUCIONES

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

TRIBUNAL SUPREMO Y TRIBUNALES SUPERIORES DE JUSTICIA

AUDIENCIAS PROVINCIALES
BIBLIOGRAFÍA
95585

Ficha técnica

Autor
María Teresa Echevarría de Rada
Editorial
Reus
Idioma
Castellano
ISBN
978-84-290-2874-4
Fecha de Publicación
06-11-2024
Nº de páginas
231
Encuadernación
Rústica
Nº edición
1
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