Como es sabido, la ciencia del Derecho Privado se refiere a la confusión en dos materias claramente distintas: en la doctrina de los modos originarios de adquirir la propiedad y en el campo de la extinción de las relaciones jurídicas siendo en este último ámbito en el que se centra casi en su totalidad el estudio.
Se procede pues por la A. a abordar la confusión como modo de extinguir aquellos vínculos jurídicos cuya subsistencia se vuelve imposible al concurrir en una misma persona cualidades cuya separación es esencial para su existencia.
En este sentido, las fuentes romanas hablan de confusione domi¬nis, confusione ususfructus, confusio hereditatis, confusione obliga¬tionis, e incluso encontramos expresiones en las que se afirma que las obligaciones se extinguen iure ratione confusionis o bien se utiliza el verbo confunditur en lugar de extinguitur.
Mención especial merece el riguroso análisis realizado por la A. de los textos jurisprudenciales, en los que se abordan numerosas cuestiones acerca de la naturaleza, alcance, excepciones y repercusión económica en materia de confusión, planteadas por la doctrina actual.
El estudio de las diferentes soluciones aportadas por los jurisconsultos romanos resulta, como subraya Jiménez Salcedo, de gran interés para aportar luz a los conflictos que se plantean en la actualidad, y en el desarrollo y aplicación de nuestra regulación vigente.
Se evidencia, por todo ello, la proyección del Derecho Romano en legislación actual, y la utilidad de su estudio en la necesaria conexión entre la investigación histórica y la dogmática moderna, tan necesaria para la ciencia del Derecho.
Enhorabuena cordial, en suma, a la Profesora Jiménez Salcedo por su nueva y valiosa contribución a la ciencia del derecho, llamada a constituir una aportación relevante en la culminación de su carrera universitaria, y una referencia obligada en la materia estudiada, por su riqueza de perspectivas, rigor en la metodología, profundidad en el análisis de las fuentes y la bibliografía, y originalidad en las conclusiones.
Extraído del prólogo.
ÍNDICE
PRÓLOGO
1. CONCEPTO DE CONFUSIÓN. TERMINOLOGÍA. IMPROCEDENCIA DE UNA CONSTRUCCIÓN TEÓRICA ÚNICA
2. LA CONFUSIÓN COMO MODO DE EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES
2.1. Concepto de confusión de las obligaciones
2.2. El principio ea quae initio recte constiterunt, resolvuntur, cum in eum casum recciderunt, a quo non potuissent consistere
2.3. Naturaleza de la confusión
2.4. Los diversos supuestos de confusión de las obligaciones
2.4.1. La confusión en las obligaciones con garantía
2.4.2. La confusión en las deudas solidarias
2.4.3. La confusión en las obligaciones derivadas de la responsabilidad noxal
3. LA CONFUSIÓN DE LAS OBLIGACIONES COMO CONSECUENCIA DE LA SUCESIÓN HEREDITARIA
3.1. La influencia de la separatio bonorum sobre la confusión
3.2. Efectos del beneficium inventarii en relación con la confusión
3.3. La confusión de la relación obligatoria en el cálculo de la cuarta falcidia
3.4. Efectos de la confusión en el fideicomiso
4. LA CONFUSIÓN Y LA VENTA DE HERENCIA
4.1. Confusión del crédito del heredero con el débito del causante
4.2. Confusión del crédito del causante con el débito del heredero
5. LA CONFUSIÓN EN LOS DERECHOS REALES
5.1. La confusión en el usufructo
5.2. La confusión en las servidumbres
6. CONCLUSIONES
78858
Ficha técnica
Autor
Jiménez Salcedo, Mª Carmen
Editorial
Dykinson
Idioma
Castellano
ISBN
978-84-9148-479-0
Fecha de Publicación
22-01-2019
Nº de páginas
186
Encuadernación
Rústica
Nº edición
1
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