Los negocios de disposición exigen, por su singular trascendencia jurídica y económica, la concurrencia de especiales requisitos relativos a la capacidad de obrar, al poder de disposición y a la legitimación del sujeto que los otorga. Con relación a estos negocios y a estas tres circunstancias capacidad de obrar, poder de disposición y legitimación opera la complementación del negocio jurídico, cuando la persona que los celebra en nombre propio y recibe los efectos negociales carece de la capacidad de obrar o del poder de disposición necesarios para otorgarlos, o cuando la legitimación de la persona que los celebra en nombre de quien asume dichos efectos es insuficiente. En todos estos supuestos, en efecto, se precisa la intervención en dicho negocio de un tercero, que a través de una manifestación de voluntad accesoria de la declaración de voluntad que configura el consentimiento negocial subsane estas deficiencias prestando su autorización al mismo, constituyendo esta intervención la «complementación del negocio de disposición». El Código Civil de Cataluña no establece una regulación completa y sistemática de esta complementación, refiriéndose a ella de forma dispersa en diferentes preceptos a lo largo de su articulado. Pues bien, a partir de estos preceptos y de los datos que proporcionan, la finalidad del presente trabajo es tratar de ofrecer una visión general de la complementación del negocio jurídico de disposición, señalando las características comunes y las diferencias existentes entre los distintos supuestos regulados. Esto, con el propósito de fijar la «identidad de razón» que en su caso pueda apreciarse entre dichos supuestos, de modo que la falta de regulación de situaciones no previstas en alguno de ellos pueda subsanarse aplicando por analogía las disposiciones establecidas en otros; pero también, para evitar que esta posible aplicación analógica se realice de forma indiscriminada, cuando por obedecer esas disposiciones a circunstancias consustanciales a determinados supuestos exclusivamente no exista fundamento alguno que la justifique.
INTRODUCCIÓN PRIMERA PARTE I. El negocio jurídico de disposición y su necesidad de complementación I. El negocio jurídico como manifestación de la autonomía de la voluntad II. El negocio jurídico patrimonial y el negocio jurídico de disposición 1. El negocio de disposición en sentido jurídico 2. El negocio de disposición en sentido económico III. La complementación del negocio jurídico de disposición II. Los supuestos de complementación del negocio jurídico de disposición en el Código civil de Cataluña I. La regulación del Código civil de Cataluña II. La complementación de la capacidad de obrar 1. La actuación del menor de edad sujeto a potestad 2. La actuación del menor emancipado y del menor de vida independiente 3. La actuación de la persona sujeta a curatela 4. La actuación de la persona sujeta a asistencia III. La complementación del poder de disposición 1. Las restricciones al poder de disposición de origen legal 2. Las restricciones al poder de disposición de origen voluntario IV. La complementación de la legitimación para otorgar el negocio jurídico de disposición 1. Los negocios realizados por el representante legal de los menores y de las personas cuya capacidad de obrar ha sido modificada judicialmente 2. Los negocios realizados por el administrador de un patrimonio protegido 3. Los negocios realizados por el órgano de gobierno de una asociación 4. Los negocios realizados por los patronos de una fundación SEGUNDA PARTE III. El régimen jurídico de la complementación del negocio jurídico de disposición I. La configuración de la complementación del negocio jurídico de disposición 1. La complementación del negocio de disposición como conducta 2. El contenido de la conducta de complementación II. La finalidad de la complementación del negocio jurídico de disposición y el beneficiario de la misma 1. La finalidad de la complementación del negocio de disposición 2. El beneficiario de la complementación del negocio de disposición III. La legitimación para complementar el negocio jurídico de disposición 1. La determinación de la persona legitimada para complementar el negocio de disposición 2. Las vicisitudes sobrevenidas que pueden afectar a la persona legitimada para complementar el negocio de disposición IV. Las funciones de la complementación del negocio jurídico de disposición 1. La complementación como requisito de validez del negocio de disposición 2. La complementación como requisito de eficacia del negocio de disposición V. Las consecuencias de la falta de complementación del negocio jurídico de disposición y las acciones orientadas a subsanarla 1. Las consecuencias de la falta de complementación 2. Las acciones orientadas a subsanar la falta de complementación
80935
Ficha técnica
Autor
Espiau Espiau, Santiago
Editorial
Marcial Pons
Idioma
Castellano
ISBN
978-84-9123-651-1
Fecha de Publicación
22-09-2019
Nº de páginas
162
Encuadernación
Rústica
Nº edición
1
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