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El Régimen Constitucional del Seguimiento Directo de Personas
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El Régimen Constitucional del Seguimiento Directo de Personas

Autor Martín Morales, Ricardo
Editorial Comares
Fecha de Publicación 11-01-2016
Nº de Páginas 64
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ÍNDICE
1. INTRODUCCIÓN
2. EL SEGUIMIENTO DIRECTO DE PERSONAS COMO MEDIDA RESTRICTIVA DE DERECHOS FUNDAMENTALES
2.1. Categorías constitucionales involucradas
2.2. Derecho a la intimidad y seguimientos personales
2.3. Los seguimientos de personas y el derecho a la presunción de inocencia
3. EL TITULAR DEL DERECHO Y EL PROBLEMA DE LAS TERCERAS PERSONAS AFECTADAS
4. LA EXTENSIÓN DEL SEGUIMIENTO Y LA TIPOLOGÍA DE LOS ESPACIOS DONDE SE APLICAN MEDIDAS RESTRICTIVAS DE DERECHOS FUNDAMENTALES
5. LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES COMO INDICADORES DE CONSTITUCIONALIDAD EN LOS SEGUIMIENTOS DIRECTOS DE PERSONAS
5.1. El principio de proporcionalidad
5.2. El principio de intervención indiciaria
5.3. La interpositio legislatoris: la ley como garantía
6. LA RESERVA JUDICIAL
6.1. Introducción
6.2. La reserva judicial y otras reservas de intervención
6.3. El contenido de la reserva judicial según el tipo de diligencia de investigación: la reserva judicial y las aplicaciones tecnológicas
6.4. La problemática de las cláusulas de urgencia y el carácter previo de la autorización judicial. La incidencia en la cuestión de la Ley Orgánica 13/2015, de 5 de octubre, de modificación de la LECR
6.5. Las cláusulas de urgencia y la garantía constitucional de la inadmisión de la prueba obtenida vulnerando derechos fundamentales
7. EL CONTENIDO CONSTITUCIONAL DE LA INJERENCIA: CLASIFICACIÓN Y RÉGIMEN JURÍDICO DE LOS SEGUIMIENTOS PERSONALES
7.1. Seguimientos físicos
7.2. Seguimientos personales donde se utilizan aplicaciones tecnológicas
7.2.1. Utilización de dispositivos y medios técnicos de localización y seguimiento
7.2.2. Captación de imágenes en lugares o espacios públicos
7.2.3. Captación y grabación de comunicaciones orales mediante la utilización de dispositivos electrónicos
7.3. Seguimientos especiales
8. LA DURACIÓN DE LOS SEGUIMIENTOS PERSONALES
9. RÉGIMEN JURÍDICO SINGULAR DE LOS SEGUIMIENTOS ESPECIALES
9.1. Seguimientos mediante agente encubierto
9.2. Seguimientos de personas sometidas a libertad vigilada
9.3. Seguimientos realizados por detectives privados
9.4. Seguimientos de los agentes del Centro Nacional de Inteligencia
9.5. Seguimientos llevados a cabo por el empresario en el ejercicio de su facultad de supervisión de la actividad laboral
9.6. Seguimientos que realizan los profesionales de la información
9.7. Seguimientos hechos por particulares
10. CONCLUSIONES
BIBLIOGRAFÍA CITADA

RESUMEN
RESEÑA
La diligencia de investigación consistente en el seguimiento directo de personas no ha sido apenas analizada por la doctrina ni por la jurisprudencia, ni tampoco atendida por el legislador. La reciente publicación de la Ley Orgánica 13/2015, de 5 de octubre, de Modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para el Fortalecimiento de las Garantías Procesales y la Regulación de las Medidas de Investigación Tecnológica, incide indirectamente sobre ella, aunque no se refiere a los seguimientos físicos en sí mismos considerados. No obstante, sí ha regulado tres diligencias de investigación especialmente conectadas a un seguimiento personal directo: 1) la utilización de dispositivos o medios técnicos de seguimiento y localización, 2) la captación de imágenes en lugares o espacios públicos y 3) la grabación de conversaciones orales directas.

Estas tres concretas aplicaciones tecnológicas son analizadas en una monografía que tiene tres propósitos: 1) clasificar los distintos tipos de seguimientos de personas, con aplicaciones tecnológicas o sin ellas, tanto policiales como de otra naturaleza, 2) precisar sus límites constitucionales y 3) delimitar sus diferentes regímenes jurídicos.

Entre los seguimientos especiales estudiados se encuentran los seguimientos del Centro Nacional de Inteligencia, de los detectives privados, de los empresarios en el ejercicio de su facultad de supervisión de la actividad laboral, de los agentes encubiertos, de los paparazzi, seguimientos a personas sometidas a libertad vigilada, etc.

Ricardo Martín Morales es autor de decenas de trabajos en revistas científicas y publicaciones especializadas, así como de las siguientes monografías: ?El derecho fundamental al honor en la actividad política? (1994, Universidad de Granada), ?El régimen constitucional del secreto de las comuni?caciones? (1995, Civitas), ?El principio constitucional de intervención indicia?ria? (2000, Grupo Editorial Universita?rio), ?La garantía constitucional de la inadmisión de la prueba ilícitamente obtenida? (2001, Civitas), ?El ruido en la calle. Derechos fundamentales afectados. Límites de las medidas restrictivas. El ciudadano frente a la inactuación de los poderes públicos. Una propuesta constitucionalmente viable? (2001, Grupo Editorial Universitario), ?Las propiedades paradójicas del Derecho constitucional? (2013, Civitas-Thomson Reuters). En la actualidad es profesor titular de Derecho constitucional de la Universidad de Granada, habiendo desarrollado sus investigaciones en varias universidades, como las Universidades de Bolonia y Paris II.
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Ficha técnica

Autor
Martín Morales, Ricardo
Editorial
Comares
ISBN
978-84-9045-362-9
Fecha de Publicación
11-01-2016
Nº de páginas
64
Encuadernación
Rústica
Nº edición
1
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