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El  Deudor de Buena Fe  en la Ley de Segunda Oportunidad "Origen, Fundamento y Significado"
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El Deudor de Buena Fe en la Ley de Segunda Oportunidad "Origen, Fundamento y Significado"

Autor Bastante Granell, Víctor
Editorial Comares
Fecha de Publicación 14-03-2016
Nº de Páginas 272
21,00 €
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ÍNDICE
CAPÍTULO I
ANTECEDENTES SOCIALES Y JURÍDICOS
DE LA SEGUNDA OPORTUNIDAD
La buena fe como pieza clave del cambio legal
1. EL CONCURSO DE LA PERSONA FÍSICA EN ESPAÑA A COMIENZOS DE LA CRISIS ECONÓMICA
2. EL ABANDONO Y LA DISCRIMINACIÓN DE LA LEY CONCURSAL HACIA EL CONSUMIDOR INSOLVENTE
2.1. Algunas razones del carácter deficiente e inoperante del sistema concursal
3. LA REBELIÓN SOCIAL, POLÍTICA Y JURÍDICA PRO DEBITORIS
3.1. Las críticas y el clamor de un cambio normativo
3.2. Soluciones propuestas en protección del deudor particular
3.2.1. Medidas temporales y de carácter moderado. La reestructuración de la deuda
3.2.2. Medidas definitivas y de carácter extremo. La liberación de deudas
3.3. El conflicto de intereses en su puesta en marcha. Protección creditoris vs. protección debitoris
3.3.1. Los argumentos del movimiento «pro creditoris»
3.3.2. Los argumentos del movimiento «pro debitoris»
3.3.3. La necesaria búsqueda de un equilibrio
4. LA BUENA FE DEL DEUDOR. PIEZA CLAVE PARA LA SOLUCIÓN DEL CONFLICTO
4.1. Fundamentos para su introducción
4.2. Primeros esbozos jurídicos del concepto de «deudor de buena fe»
4.2.1. La pretendida protección del deudor «sin culpa»
4.2.2. La labor creadora de la doctrina y las asociaciones de consumo
4.2.2.1. El sobreendeudamiento pasivo
4.2.2.2. El sobreendeudamiento activo
4.2.3. El «deudor de buena fe» en las iniciativas parlamentarias «pro debitoris»
4.3. La necesitada búsqueda de una «obra culmen» de la buena fe
CAPÍTULO II
PRIMERAS REFORMAS CONCURSALES EN BENEFICIO
DEL CONSUMIDOR INSOLVENTE
El «deficiente» fresh start de la Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores (LAEI)
1. LA PERSISTENTE DISCRIMINACIÓN JURÍDICA HACIA EL DEUDOR NO EMPRESARIO
1.1. La exclusión del particular de nuevos institutos preconcursales
1.2. La no paralización de las ejecuciones hipotecarias
2. PRIMERAS MEDIDAS LEGALES EN BENEFICIO DEL CONSUMIDOR INSOLVENTE
2.1. La «liberalización del contenido del convenio»
2.2. La instauración de la remisión de deudas insatisfechas a favor del deudor persona física. Un cambio esperado pero incompleto
2.2.1. Críticas al mecanismo liberatorio de deudas recogido en el ex art. 178.2 de la LC. Hacia una necesitada reforma legal
2.2.1.1. Un beneficio discriminatorio, irreal e inmoral
2.2.1.2. La criticada «ausencia de la buena fe». La necesaria instauración de un «test de discharge»
CAPÍTULO III
LA POSICIÓN JURÍDICA DEL CONSUMIDOR INSOLVENTE
TRAS LA LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD
El «nuevo y transformado» fresh start
1. LA «LEGISLACIÓN SOBRE SEGUNDA OPORTUNIDAD»
2. EL PROCEDIMIENTO DEL CONSUMIDOR INSOLVENTE EN LA LEY CONCURSAL
2.1. Fase de arreglo amistoso. El acuerdo extrajudicial de pagos (AEP)
2.1.1. Depósito de la solicitud y convocatoria de los acreedores
2.1.2. Efectos de la iniciación del expediente. La posible paralización de ejecuciones hipotecarias
2.1.3. La propuesta de acuerdo extrajudicial de pagos
2.1.3.1. Contenido
2.1.3.2. Aprobación de la propuesta
2.1.3.3. Efectos del incumplimiento del plan de pagos
2.1.4. Conclusión del acuerdo extrajudicial de pagos
2.2. La tramitación del concurso consecutivo. Consideraciones en torno al informe relativo al cumplimiento de los requisitos del fresh start
2.3. La fase de liquidación. La solicitud de concesión del fresh start
2.4. La posible conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa. La conveniencia de apertura de la sección de calificación
2.5. La fase de liberación de deudas. El «beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho» del art. 178 bis de la LC
2.5.1. Fundamento y filosofía de la «segunda oportunidad»
2.5.2. El régimen de la exoneración del pasivo insatisfecho
2.5.2.1. Condiciones de acceso. Ámbito de aplicación
2.5.2.2. La concesión provisional. Trámite procesal y requisitos
2.5.2.2.1. Requisitos objetivos. Cauces para la concesión de la exoneración del pasivo restante
2.5.2.2.2. Requisitos subjetivos, generales y alternativos. La exigencia de buena fe al deudor
2.5.2.3. La concesión definitiva. La revocación de la liberación de deudas
2.5.2.4. Efectos de la exoneración del pasivo insatisfecho. Especial referencia a la deuda restante tras la ejecución de créditos con garantía hipotecaria
3. CRÍTICAS Y ALABANZAS DE LA «LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD»
CAPÍTULO IV
LA «BUENA FE» DEL DEUDOR PARTICULAR
EN LA LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD
Significado, contenido y operatividad
1. EL NECESARIO ANÁLISIS DE UN NUEVO CONCEPTO
2. EL RECONOCIMIENTO EXPRESO DE LA FIGURA DEL «DEUDOR DE BUENA FE». PRIMERAS APROXIMACIONES A SU DEFINICIÓN
3. LA BUENA FE EN LA CONCESIÓN PROVISIONAL DE LA LIBERACIÓN DE DEUDAS. COMPORTAMIENTOS OBJETO DE VALORACIÓN
3.1. La no declaración culpable del concurso
3.1.1. La sección de calificación del concurso como expediente legal para valorar la conducta del deudor consumidor. Objeto, efectos y finalidad
3.1.2. Momentos de apreciación de la culpabilidad del deudor
3.1.3. Tramitación procesal del expediente de calificación
3.1.4. Criterios y conductas para apreciar la culpabilidad del consumidor insolvente
3.1.4.1. Primer criterio. El concurso culpable o fortuito
3.1.4.1.1. El concurso culpable. Su adaptabilidad al concepto de «sobreendeudamiento activo»
3.1.4.1.2. El concurso fortuito. Su adaptabilidad al concepto de «sobreendeudamiento pasivo»
3.1.4.2. Presunciones «iuris tantum» respecto a la calificación culpable del concurso
3.1.4.2.1. Incumplimiento del deber de solicitar la declaración del concurso
3.1.4.2.2. Incumplimiento del deber de colaboración
3.1.4.3. Presunciones «iuris et de iure» respecto a la calificación culpable del concurso. Naturaleza, fundamento y clasificación
3.1.4.3.1. Inexactitud grave o falsedad en la documentación del concurso
3.1.4.3.2. Incumplimiento del convenio
3.1.4.3.3. Alzamiento de bienes
3.1.4.3.4. Salida fraudulenta de bienes y derechos del patrimonio del deudor
3.1.4.3.5. La simulación patrimonial
3.1.5. La pretensión y prueba de la «culpabilidad» del consumidor insolvente en la sección de calificación
3.1.6. La sentencia de calificación
3.1.7. La necesaria adaptación de la sección de calificación a la Ley sobre segunda oportunidad
3.2. La no comisión de delitos
3.3. Haber celebrado o intentado celebrar un AEP
3.4. El sometimiento a un plan de pagos
3.5. Haber cumplido con las obligaciones de colaboración del art. 42 de la LC
3.6. No haber disfrutado de una exoneración de deudas en los últimos diez años
3.7. No haber rechazado dentro de los cuatro años anteriores a la declaración de concurso una oferta de empleo adecuada a su capacidad
3.8. Aceptar que la liberación provisional conste en un Registro Público Concursal
3.9. La carga de la prueba de la buena fe en la concesión provisional de la liberación de deudas
4. LA BUENA FE EN LA CONCESIÓN DEFINITIVA Y REVOCACIÓN DE LA LIBERACIÓN PROVISIONAL DE DEUDAS. COMPORTAMIENTOS OBJETO DE VALORACIÓN
4.1. No haber incurrido en circunstancias que hubieran impedido la concesión provisional
4.2. El incumplimiento del plan de pagos
4.3. El retorno a mejor fortuna
4.4. La ocultación de ingresos, bienes y derechos
4.5. La revocación de la liberación definitiva de deudas
4.6. La carga de la prueba de la buena fe en la revocación de la liberación de deudas
5. PRIMERAS RESOLUCIONES SOBRE LA EXONERACIÓN DEL PASIVO RESTANTE SEGÚN EL ART. 178 BIS DE LA LC
6. LA NECESARIA Y POSIBLE DEFENSA DE UN CONCEPTO ABIERTO DE BUENA FE
6.1. Buena fe y abuso procesal. La modélica respuesta de la jurisprudencia alemana
6.2. Hacia una «buena fe dinámica y evolutiva». La teoría francesa de los hechos nuevos
7. CONCLUSIONES
BIBLIOGRAFÍA

RESUMEN
El 30 de julio de 2015 entró en vigor la Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social. Dicha norma ha reformado sustancialmente la Ley Concursal (LC), especialmente el «criticado y deficiente» tratamiento jurídico otorgado al consumidor insolvente. Tras años de lucha, a nivel doctrinal y judicial, nuestro legislador finalmente ha dado una respuesta al problema del sobreendeudamiento de los particulares, aunque esta puede ser objeto de críticas y alabanzas. En concreto, como reformas a destacar, por un lado, se da acceso a este sujeto a la fase extrajudicial de mediación concursal; y, por otro, se mejora el régimen de exoneración del pasivo insatisfecho, recogido en el art. 178 bis de la LC. De este modo, en caso de devenir un deudor particular en situación de insolvencia, el «iter procedimental habitual» será acudir a la mediación concursal y, en caso de fracasar el intento de arreglo extrajudicial, por concurso consecutivo se abrirá la fase de liquidación. Finalmente, en caso de quedar deudas pendientes, el concursado podrá disfrutar de la tan aclamada y recién instaurada liberación parcial de deudas.
Sin embargo, debe advertirse que no estamos ante un beneficio legal de libre disfrute por cualquier particular endeudado. Al contrario, nuestro legislador señala expresamente que «solo se admitirá la solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho a los deudores de buena fe» (art. 178 bis.3 de la LC). Quiere ello decir que sólo los consumidores que muestren «buena fe» podrán beneficiarse de la liberación parcial de sus deudas. Siendo así, resulta decisivo, tanto para los acreedores como para el deudor, determinar cuándo concurre buena fe. Y es que, con base a la mala fe, los primeros podrán evitar que el deudor se libere de las cadenas del endeudamiento, pudiendo, por consiguiente, seguir ejecutando las deudas pendientes. En cambio, atendiendo a la buena fe, el deudor podrá obtener dicho beneficio legal, privando a los acreedores del ejercicio de sus derechos de crédito. En definitiva, del concepto confeccionado de «deudor de buena fe» pende la obtención o denegación de la liberación parcial de deudas. Llegados a este punto, de la reforma legal efectuada llaman sumamente la atención dos aspectos, y en cuyo estudio se centrará el presente trabajo: por una parte, las «nuevas vías concursales» para paliar la insolvencia de los consumidores; y por otra, el concepto jurídico de «deudor de buena fe».
Sin embargo, no resultaría acertado realizar únicamente un análisis de la presente legislación. De ser así, obviaríamos el camino recorrido y los esfuerzos realizados ?sociales, políticos, académicos y judiciales?, que han permitido la tan ansiada y aclamada instauración de la «segunda oportunidad». Por este motivo, distintos son los puntos que se han considerado conveniente tratar en dicho estudio. En primer lugar, se ha estimado adecuado visibilizar la evolución de nuestro sistema concursal, desde el apogeo de la crisis económica hasta la introducción de la llamada «Ley de segunda oportunidad», centrándonos, eso sí, en la figura del consumidor insolvente. De esta forma, se podrán observar las razones sociales, económicas y jurídicas de su inclusión, así como los motivos que han fundamentado el uso del concepto de buena fe. Y es que, tal noción ético-jurídica ha sido la pieza clave para introducir la segunda oportunidad. Por ello, se muestran los primeros intentos doctrinales y legislativos de elaboración de dicho concepto en este nuevo ámbito jurídico. Ello servirá, además, para contemplar los conceptos propuestos y el concepto finalmente configurado. A estos puntos dedicaremos el capítulo I denominado «Antecedentes sociales y jurídicos de la segunda oportunidad». En segundo lugar, se valoran críticamente las primeras normas que introdujeron el fresh start en España y el deficiente «test de buena fe» configurado. De ahí, el capítulo II titulado «primeras reformas concursales en beneficio del consumidor insolvente». En tercer lugar, dentro del capítulo III, llamado «la posición jurídica del consumidor insolvente tras la Ley de segunda oportunidad», se examinan las nuevas vías concursales a favor del particular endeudado, instauradas tras dicha reforma legal. En concreto, se expone el funcionamiento del nuevo iter procedimental a utilizar por el consumidor insolvente, desde su inicio con la apertura de la mediación concursal, también llamado acuerdo extrajudicial de pagos, hasta la obtención definitiva de la liberación de deudas.
Para terminar, el último capítulo analiza el concepto de «deudor de buena fe», un término jurídico determinante, pues de él pende actualmente la obtención de la exoneración del pasivo insatisfecho y, por consiguiente, la posibilidad de excepcionar el principio de responsabilidad patrimonial universal (art. 1911 Cc). Por esta razón, se tratan aspectos de suma importancia en torno a la buena fe del deudor consumidor, como las conductas objeto de valoración, los momentos de apreciación o la carga de la prueba; aspectos no valorados anteriormente en el concurso de los consumidores. Sin embargo, al mismo tiempo se sopesa si se ha producido una correcta construcción de tal noción jurídica, identificando deficiencias e, igualmente, aludiendo a posibles mejoras cuya acogida, ya sea a nivel legal o judicial, podría permitir una configuración y aplicación legal más adecuada y eficiente, más acorde con el «fundamento ético de la segunda oportunidad». Y es que, bajo mi entender, no deberá obviarse la finalidad de la ley y de la introducción de la buena fe, pues será esta quien deba guiar la correcta y futura aplicación e interpretación de tales normas. Además de lo anterior, se ofrecen ciertas interpretaciones que en un futuro podrían resultar de interés a la hora de aplicar la buena fe inserta dentro del art. 178 bis de la LC.
Dicho esto, es momento no sólo de examinar en qué consiste la «segunda oportunidad», sino también de desvelar el origen, fundamento y significado de la buena fe en este nuevo contexto concursal.
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Ficha técnica

Autor
Bastante Granell, Víctor
Editorial
Comares
ISBN
978-84-9045-351-3
Fecha de Publicación
14-03-2016
Nº de páginas
272
Encuadernación
Rústica
Nº edición
1
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