El día 1 de septiembre de 2004, entró en vigor la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal (LC). Esta Ley, que supuso el fin de un arduo y complejo camino para la modernización de nuestro sistema concursal, introdujo numerosos cambios respecto del precedente sistema de quiebra y suspensión de pagos. Especialmente, en lo relativo a extender el concurso a los no comerciantes. Uno de los puntos que más problemas había causado bajo el régimen derogado de la quiebra, era el relativo al reintegro de la masa activa, esto es, la recuperación de los bienes del deudor que habían salido indebidamente de su patrimonio antes de instarse la quiebra. A tal efecto, cabe recordar la famosa, y temida, retroacción de la quiebra. Esta figura, que dio lugar a numerosos conflictos, especialmente a la hora de fijar el día de retroacción, que quedaba al arbitrio del Juez, fue sustituida en la LC por un sistema de reintegración basado en el ejercicio en el seno del concurso, vía incidente, de las acciones impugnatorias contra los actos del deudor que reúnan determinados requisitos. Este sistema, con alguna modificación, de tizne meramente aclaratorio o matizatorio, se mantiene en el actual y vigente TRLC. Una de estas acciones, la específicamente concursal, es la llamada acción rescisoria concursal basada ya no en el fraude, sino en el perjuicio causado por el deudor en la masa activa, recogida inicialmente en el art. 71 de la vieja LC, y actualmente, en los arts. 226 y ss TRLC. Voy a dedicar este trabajo a esta concreta acción rescisoria concursal, desde las diversas perspectivas que ofrece, incluida la fiscal y contable, examinando su regulación con una finalidad planteatoria de los problemas y dudas interpretativas que me surgen, y facilitadora, al menos lo intentaré, de respuestas a estos interrogantes. Eso si, siempre con el necesario e imprescindible estudio de la opinión de nuestra doctrina y las resoluciones judiciales que, sobre la materia, han dictado los Tribunales, en especial la Sala de lo Civil de nuestro Tribunal Supremo. Y aportando un ramillete de formularios sobre la materia, ya adaptados a la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia de Servicio Público de Justicia.
Índice Dedicatoria 13 I. PLANTEAMIENTO 15 II. NATURALEZA JURÍDICA DE LA ACCIÓN RESCISORIA CONCURSAL 19 III. LOS PRESUPUESTOS DE LA ACCIÓN RESCISORIA CONCURSAL 23 III.1. LA PREVIA DECLARACIÓN DEL CONCURSO COMO PRESUPUESTO PARA EL EJERCICIO DE LA ACCIÓN RESCISORIA 23 III.2. LOS ACTOS DEL DEUDOR COMO OBJETO DE LA ACCIÓN RESCISORIA CONCURSAL 25 III.2.1. Concepto de acto 25 III.2.2. Supuestos de actos del deudor que pueden ser objeto de la acción rescisoria 31 III.2.3. Actos del deudor excluidos de rescisión 71 III.2.3.1. Los actos ordinarios de la actividad profesional o empresarial del deudor realizados en condiciones normales 72 III.2.3.2. Actos comprendidos en el ámbito de leyes especiales reguladoras de los sistemas de pagos y compensación de valores e instrumentos derivados 99 III.2.3.4. Operaciones al contado equivalentes a desplazamientos de dinero 102 III.2.3.5. Cesiones de créditos 102 III.2.3.6. Acuerdos de compensación y garantías financieras 104 III.2.3.7. Liquidación anticipada 107 III.2.3.8. Bonos garantizados 107 III.2.3.9. Garantías por créditos de derecho público y Fondo Garanta Salarial 108 III.2.3.10. Reconocimiento y pago de créditos públicos para regularizar o atenuar la responsabilidad penal. 110 III.2.3.11. Medidas de resolución de entidades de crédito y empresas de prestación de servicios. 111 III.2.3.12. Planes de reestructuración 112 III.2.4. Los actos objeto de rescisión deben ser del deudor 118 III.2.5. Los actos del deudor deben recaer sobre bienes o derechos de su patrimonio 128 III.3. EL PERJUICIO DEL ACTO PARA LA MASA ACTIVA COMO FUNDAMENTO DE LA RESCISIÓN 129 III.3.1. Introducción 129 III.3.2. ¿Abandono del carácter fraudulento del acto? 130 III.3.3. Concepto de perjuicio 134 III.3.3.1. Tesis estricta 134 III.3.3.2. Tesis amplia 135 III.3.3.3. El sacrificio patrimonial injustificado 141 III.3.4. El acto del deudor ha de ser perjudicial para la masa activa 148 III.3.5. Determinación del perjuicio 148 III.3.5.1. Desde un punto de vista objetivo 148 III.3.5.2. Desde un punto de vista temporal 154 III.4. REGLA GENERAL: LA PRUEBA DE LA PERJUDICIALIDAD 158 III.5. PRESUNCION IURIS ET DE IURE DE PERJUDICIALIDAD DEL ACTO 246 III.5.1. Planteamiento 246 III.5.2. Actos a título gratuito 248 III.5.2.1. Fundamento de la presunción 248 III.5.2.2. Concepto de acto a título gratuito 250 III.5.2.3. Supuestos controvertidos 261 III.5.2.4. Las liberalidades de uso 298 III.5.3. Extinción de obligaciones con vencimiento posterior al concurso 300 III.5.3.1. Fundamento de la norma 301 III.5.3.2. Actos objeto de la presunción 303 III.5.3.3. Otras cuestiones 316 III.6. PRESUNCIÓN IURIS TAMTUM DE LA PERJUDICIALIDAD DEL ACTO 318 III.6.1. Actos a favor de personas especialmente relacionadas con el deudor 319 III.6.1.1. Personas especialmente relacionadas con el deudor 319 III.6.1.2. Fundamento de la presunción 331 III.6.1.3. Momento en que debe existir la vinculación 332 III.6.1.4. Criterios para acreditar la ausencia de perjuicio 336 III.6.1.5. Una reflexión crítica sobre el tratamiento concursal que se da a las personas especialmente relacionadas con el concursado 353 III.6.1.6. Conciliación entre la presunción muciana concursal y la presunción objeto del art. 228.1.º TRLC 355 III.6.2. Garantías reales a favor de obligaciones preexistes o de las nuevas contraídas en lugar de aquellas 357 III.6.2.1. Fundamento de la presunción 357 III.6.2.2. Obligaciones y garantías objeto de la presunción. General 362 III.6.2.3. Garantías constituidas con relación a obligaciones preexistentes 371 III.6.2.4. Garantías constituidas a favor de las nuevas contraídas en sustitución de aquellas 392 III.6.3. Extinción de obligaciones con vencimiento posterior al concurso que gozan de garantía real 420 III.7. LOS ACTOS DEL DEUDOR, ADEMAS DE PERJUDICIALES PARA LA MASA ACTIVA, DEBEN HABERSE REALIZADO DENTRO DEL PERIODO SOSPECHOSO 422 III.7.1. General 422 III.7.2. Computo del plazo 441 IV. LEGITIMACIÓN Y PROCEDIMIENTO 447 IV.1. LEGITIMACIÓN 447 IV.1.1. Legitimación activa: legitimación principal y subsidiaria 449 IV.1.1.1. Legitimación principal 449 IV.1.1.2. Legitimación subsidiaria 455 IV.1.2. Legitimación pasiva 465 IV.1.3. Intervención de terceros 469 IV.2. PROCEDIMIENTO 473 IV.2.1. Demanda 479 IV.2.1.1. Interposición 479 IV.2.1.2. Forma de la demanda 486 IV.2.1.3. Admisión de la demanda. Acumulación de otras demandas contra el mismo acto 487 IV.2.1.4. Efectos de la admisión de la demanda. No suspensión del proceso concursal 487 IV.2.2. Contestación a la demanda 488 IV.2.3. Tramitación del incidente por los trámites previstos para los juicios verbales 488 IV.2.4. Medidas cautelares 489 IV.2.5. Sentencia y recursos contra la misma. 490 IV.2.6. Costas 490 IV.2.7. Aprobación de convenio, o conclusión del concurso, durante la tramitación del incidente concursal rescisorio 493 V. ¿PRESCRIPCIÓN (CADUCIDAD) DE LA ACCION? TIEMPO DE EJERCICIO DE LA ACCIÓN RESCISORIA CONCURSAL. CONCLUSIÓN DEL CONCURSO. REAPERTURA 495 VI. CESIÓN DE LAS ACCIONES 511 VII. EFECTOS DE LA ACCIÓN RESCISORIA CONCURSAL FRENTE A LA CONTRAPARTE DEL CONCURSADO Y TERCEROS 515 VII.1. EFECTOS EN RELACIÓN CON EL ADQUIRENTE DIRECTO 515 VII.1.1. Adquirente de buena fe 515 VII.1.2. Adquirente que actúo de mala fe 536 VII.1.3. Cuestiones dudosas 558 VII.1.3.1. Obligaciones de hacer o no hacer ejecutadas con anterioridad a la restitución. 559 VII.1.3.2. Pagos anticipados en virtud de un contrato de préstamo o crédito. 559 VII.1.3.4. Rescisión de una garantía real 559 VII.1.3.5. Garantías extinguidas como consecuencia de su sustitución por otra garantía posteriormente rescindida 572 VII.1.3.6. Bienes reintegrados que devienen no necesarios para pagar a los acreedores concursales 575 VII.2. EFECTOS EN RELACIÓN CON LOS SUBADQUIRENTES 575 VII.2.1. El subadquirente no fue demandado 576 VII.2.2. El subadquirente no actuó de mala fe 576 VII.2.3. El subadquirente goza de irrevindicabilidad o protección registral 577 VII.3. EFECTOS DE LA RESCISIÓN SI INTERVIENE SUBADQUIRENTE 578 VII.3.1. No es posible la rescisión 578 VII.3.1.1. No mediando mala fe del adquirente directo 578 VII.3.1.2. Mediando mala fe del adquirente directo 579 VII.3.2. Resulta posible la rescisión 579 VIII. EL EJERCICIO DE LAS DEMÁS ACCIONES DE REINTEGRACIÓN 581 IX. LA ACCIÓN RESCISORIA CONCURSAL Y EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA MICROEMPRESAS 585 X. BIBLIOGRAFÍA 603 XI. FORMULARIOS 615
96929
Ficha técnica
Autor
Eduardo Aznar Giner
Editorial
Tirant Lo Blanch
Idioma
Castellano
ISBN
979-13-7010-637-9
Fecha de Publicación
20-06-2025
Nº de páginas
716
Encuadernación
Rústica
Nº edición
1
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