RESUMEN Ante el fallecimiento de los padres, ¿el hijo puede ejercitar la subrogación para continuar en la vivienda arrendada? En caso de jubilación del arrendatario de LOCAL DE NEGOCIO CON ANTERIORIDAD AL 1 DE ENERO 1995, ¿PROCEDIA la del cónyuge o descendiente?
Además, en este estudio se plantean las siguientes cuestiones: ¿Qué requisitos deben cumplirse? ¿Es necesario notificar este derecho y en qué plazo? ¿Existen límites en el número de subrogaciones? ¿Cuál será el plazo de extinción? ¿Cabe el incremento de la renta?
Estas son las dudas que resuelven las resoluciones recopiladas en este exhaustivo trabajo sobre la subrogación en la finca arrendada de determinados familiares, quienes mantendrán los mismos derechos y obligaciones que el arrendatario inicial en los contratos anteriores a LA FECHA INDICADA DEL 1 DE ENERO 1995, los cuales se rigen por lo establecido en las Disposiciones Transitorias Segunda, apdo. 4, y Tercera, apdo. 3, de la Ley de Arrendamientos Urbanos 29/1994.
ÍNDICE Presentación
Subrogación de vivienda Personas con derecho Cónyuge - No se considera cotitular - Se considera cotitular Parejas de hecho Hijos - Requisitos - Con discapacidad - Perceptores de prestaciones públicas por jubilación o invalidez Hermanos Nietos Sobrinos Otros familiares Requisitos Notificación - Es necesaria - Conocimiento del arrendador - Consentimiento del arrendador - Forma de realizarla - Plazo de tres meses Convivencia - Cónyuge - Pareja de hecho - Hijos Número de subrogaciones permitidas Plazo Cómputo Duración - Hasta el fallecimiento - Dos años
Subrogación de local Personas con derecho Cónyuge - Preferencia - Renuncia - Situación de jubilado Descendientes - Varios descendientes Nietos - Procede - No procede Sobrinos Hermanos Comunidad hereditaria Coarrendatarios
Requisitos Notificación - No es necesaria - Sí es necesaria - Forma de realizarla - Plazo Mantenimiento del negocio Número de subrogaciones permitidas Plazo Hasta jubilación o fallecimiento - Cónyuge - Descendiente subrogado con anterioridad a la LAU 29/1994 Duración de 20 años por descendiente Equiparación de invalidez con jubilación Jubilación anterior a la LAU 29/1994 Jubilación posterior a la LAU 29/1994 Simultaneidad entre jubilación y subrogación Incremento de renta Procede No procede
75429
Ficha técnica
Autor
Consejo De Redacción Sepín
Editorial
Sepin
Idioma
Castellano
ISBN
978-84-17009-30-4
Fecha de Publicación
21-06-2017
Nº de páginas
280
Encuadernación
Rústica
Nº edición
1
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